En este video en vivo, la abogada de inmigración Lorena Rivas responde a una serie de preguntas de la audiencia sobre cómo regularizar el estatus migratorio en los Estados Unidos. Explica las diferentes vías disponibles según la situación del solicitante: peticiones familiares (cónyuge de residente permanente o ciudadano, hijos menores de 21, hijos casados, hermanos), procesos de ajuste de estatus versus procesamiento consular, la necesidad de salir del país y solicitar un perdón (waiver) cuando la entrada fue sin inspección, y la opción de VAWA para víctimas de violencia doméstica. Aclara quiénes pueden patrocinar a quién (residentes solo pueden patrocinar a cónyuges, hijos solteros y padres; solo ciudadanos pueden patrocinar a hermanos y a hijos casados). Detalla los tiempos estimados de procesamiento para asilo, VAWA y residencia, y los requisitos de ciudadanía para residentes (3 años si está casado con ciudadano, 5 años si no). Proporciona información de contacto (números de teléfono, número 844‑3717‑RIVAS, oficinas en Tulsa y Oklahoma City) y menciona recursos de apoyo como el “Colegio de Sueños” para aprender inglés y prepararse para el examen de ciudadanía. El tono es conversacional, didáctico y alentador, con énfasis en guiar al solicitante a contactar la oficina para una consulta personalizada.
Questions this video answers
No, un residente solo puede patrocinar a hijos solteros; los hijos casados requieren que el patrocinador sea ciudadano.
Aproximadamente 3 a 3.5 años.
Tres años si está casado con un ciudadano, cinco años si no está casado con un ciudadano.
Normalmente debe salir del país y hacer el proceso consular con un perdón (2‑3 semanas). Alternativamente, si califica, podría usar VAWA o esperar a que su cónyuge se vuelva ciudadano para ajustar el estatus dentro de EE. UU.
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Dice: Hola, ¿mi esposo me puede arreglar si él es residente? Ya es el tema de hoy. Si tú estás casado con un residente permanente de los EE.UU. o un ciudadano de los EE.UU., tú puedes arreglar. Si tú eres un ciudadano, si tú eres un residente permanente de los EE.UU., tú le puedes ayudar a tu esposo, a tu esposa, arreglar sus papeles. Eso puede ser por medio de una petición familiar, A lo mejor tenemos que hacer el proceso consular y hacer un perdón, o a lo mejor podemos hacer un ajuste del estatus, o también, claro, también posiblemente es por medio de la VAWA, pero de todos modos, casado con un ciudadano, casado con un residente permanente, puedes arreglar tu estatus, puedes ganar esa protección para quedarte aquí en los Estados Unidos, podrías calificar para la residencia. OK, eso es una pregunta, dice: ¿Padres residentes pueden pedir a hijos que están casados y viven en los EE.UU.? No, un residente desafortunadamente nomás le puede meter papeles a hijos que son solteros. Si tú eres un residente y le quieres meter papeles a tus hijos que son ciudadanos o hijos que están casados, hijos casados tiene que ser un padre ciudadano. OK, acá digo, dice: me caso en febrero con una ciudadana americana "Entré ilegalmente, no pasé por frontera, es obligatorio salir del país". Bueno, claro, casado con una ciudadana, felicidades, que ahí viene el matrimonio, espero la invitación, Fermín. No, no te creas. Pero sí, si tú te vas a casar con una ciudadana, vas a poder arreglar. Normalmente, si tú entraste ilegalmente a los Estados Unidos sin inspección, sin visa o inspección, Normalmente tienes que salir del país y hacer el proceso consular, claro, irías ya perdonado sin tener que durar mucho tiempo afuera del país, unas 2 o 3 semanas. Esa es una opción, la otra opción es a lo mejor tendríamos que arreglar por medio del proceso de VAWA si hay algunos problemillas matrimoniales, posiblemente califiques para el caso de VAWA que te permite arreglar tus papeles aquí, pero con gusto llama a mi oficina y podemos revisar tu caso y hablar más al fondo, mirar qué opción funciona mejor para ti y tu futura esposa. Llamen a nuestra oficina, estamos contestando llamadas, pueden marcar al 918-505— eso no es lo que quiero hacer— 918-505-4870, o como le digo, cualquiera de nuestros números, trabajamos en todos los estados, todas las ciudades, cualquier parte de los Estados Unidos te podemos ayudar. Marca 844-37-RIVAS. Más preguntitas. Claudia: ¿Dónde le puedo enviar una pregunta? No quisiera que fuera público. Puedes mandar preguntas a nuestros mensajes por Facebook y allí podemos tratar de contactarlos, pero si en verdad quieres que te contestemos tu pregunta más al fondo, más profundo, necesitas llamar y hacer una consulta y así podemos revisar tu tu caso completamente. Como te dije, 844-377-RIVAS, estamos contestando llamadas, pueden marcar ahorita. ¿Más preguntas? Bienvenidos a todos, bienvenidos, bienvenidos. Hola, hola, yo soy la abogada Lorena Rivas y estoy en vivo con ustedes. OK, a ver. ¿Soy residente permanente, puedo pedir a mi hermano? Él está en Honduras. Tampoco, residentes permanentes no le pueden meter papeles a sus hermanos Solamente ciudadanos pueden meter peticiones para hermanos. Tienes que hacerte ciudadano antes de que tú le puedes meter papeles a tus hermanos. ¿Podemos arreglar por medio de mi hijo? Claro que sí, si tú tienes un hijo de 21 años, que ya tiene los 21 años, entonces podemos someter la aplicación, o si está cerquita a los 21 años, podemos hablar de todos modos para ya empezar a reunir los documentos, llenar los formularios para poder someter la aplicación cuando ellos cumplan los 21. OK, a ver, más preguntas que tengo aquí, gracias a todos ustedes que me están mirando en vivo, si tú tienes una pregunta de inmigración, escriba tu pregunta en los comentarios. A ver, mi esposo es residente y yo entré con visa y me quedé "Tenemos un hijo recién nacido y una hija estudiando el sexto grado, ¿eso justifica sufrimiento para no salir del país a pagar el perdón?" No, la razón que tú necesitas el perdón, si estás arreglando por medio de tu esposo residente, es por el tiempo ilegal que tienes aquí en los Estados Unidos. Yo sé que entraste con una visa, pero estás casado solamente con un residente. Lo que yo diría es, él se tiene que hacer ciudadano, y si él se hace ciudadano, Rosy, que me estás mirando en Instagram, tú no tienes que salir del país, puedes arreglar completamente aquí en los Estados Unidos. Entonces, el enfoque es hacerlo ciudadano, hay que tomar la ciudadanía, hay que pasarlo, y a lo mejor estás diciendo, pero él no sabe inglés, pues necesita aprender, y hay muchos cursos, incluyendo el curso de nosotros del Colegio de Sueños, que ayuda a personas a aprender inglés, todo lo que tienen que hacer es llamar a mi oficina, oficina, los podemos contactar con el Colegio de Sueños al 918-236-2932, o como les dije, también el número de mi oficina los contacta con nuestro programa del Colegio de Sueños que ayuda a personas aprender inglés y también pasar el examen de ciudadanía. Entonces, Rosy, el enfoque es hacer tu esposo un ciudadano para que así no tengas que salir del país. A ver, "¿Dónde estoy ubicada?" Tenemos oficinas en Tulsa y en Oklahoma City, pero ayudamos a clientes en todas partes, te podemos atender y tomar tu caso donde quiera que tú estés, ¿OK? Casos de asilo, casos de peticiones familiares, VAWA, visa U, deportación, perdones, proceso consular, todo eso te podemos ayudar, todo lo que tienes que hacer es marcar a nuestra oficina, (844) 3717-RIVAS. O cualquiera de los 3, pueden llamarnos: (918) 505-4870 o también el (405) 754-2841. A ver, a ver, déjeme, acá tengo algunas más preguntitas. "A mi hija cumplirá 21, yo entré en el año '96, ¿tengo esperanza?" Claro que sí, ¿tienes una hija de 21 años? Claro que sí, te podemos ayudar, llámanos. "Yo ya recibí mi permiso de trabajo de VAWA, ¿cuánto tardará mi residencia?" Más o menos la residencia se están tomando como unos 3 años a unos 3 años y medio para conseguir por medio de la VAWA. "Hola abogada, ¿qué es el peticionario si estoy pidiendo a mi esposo? Soy residente." Tú eres el peticionario, si tú eres la persona que le está metiendo papeles a alguien Tú eres el peticionario, ellos serían los beneficiarios, beneficiaries en inglés se dice. ¿Cuánto tarda en salir un asilo? varía, si eres afirmativo podría durar como unos 7 u 8 años, si tienes un caso en las cortes de deportación se podría mover rápido o también podría durar mucho tiempo, están variando el tiempo dependiendo dónde metes tu aplicación o qué corte estás. A ver, más preguntas que tengo acá. Yo estoy aplicada 2005 por mi papá que es ciudadano, pero me aplicó como soltera y hace 3 meses me casé, ¿eso me afecta en algo? Ahora cambias de categoría porque te casaste, tu papá todavía la aplicación está viva porque él es ciudadano y ciudadanos le pueden meter papeles a hijos que están casados, pero la cosa es que va a cambiar de categoría diferente a hijos mayores casados de ciudadanos. Es posible que se atrasó poquito más el proceso, pero a lo mejor no va a ser mucho. A ver, ¿qué sigue después de que mi caso está siendo revisado en USCIS? Una decisión de ellos, ya sea la aprobación o o a lo mejor ellos te van a pedir poquito más pruebas, o a lo mejor nieguen tu caso. Sí, sí, está siendo revisado por USCIS, es porque están trabajando en él y lo están revisando para hacer una decisión. ¿Cuántos años un residente puede pasar a ser ciudadano? Bueno, si está casado con una... Jennifer, gracias por tu pregunta. Si este residente está casado y viviendo con un ciudadano, a los 3 años puede aplicar para la ciudadanía. Pero si no está casado con un ciudadano, el residente tiene que durar 5 años para poder aplicar para hacerse ciudadano aquí en los Estados Unidos. Muy buena pregunta. Estoy casado con una ciudadana pero ya no estoy con ella, ¿puedo arreglar de una manera? Posiblemente sí puedes arreglar, esto se llama por medio de VAWA y es en base de problemas matrimoniales que obvio "Janero, ¿están separados?" Obvio hubo problemas, entonces en base de eso podríamos arreglar. Ella no tiene que firmar nada, no le tienes que pedir permiso, ella no tiene que saber nada de esto, ella no va a ser afectada, pero sí podrías arreglar en base de eso y arreglarías tus papeles aquí, y si ya se divorcian, de todos modos tu caso podría proceder. Llámanos, nosotros hacemos casos de VAWA, 918-505-4870.