En este video en vivo, la abogada de inmigración Lorena Rivas responde a una serie de preguntas de usuarios sobre distintas vías para regularizar su situación migratoria en EE. UU. Explica qué hacer si el formulario I-601A (waiver provisional) es negado, recomendando volver a presentar la solicitud con pruebas más sólidas y evitar la entrevista consular que implicaría una prohibición de 10 años. Aconseja buscar un abogado cuando el solicitante no conoce el proceso y brinda su número de contacto. Responde preguntas sobre la fecha de la visa final del año fiscal, la obtención de identificación en Texas, y confirma que la solicitud de asilo no tiene costo gubernamental. Describe la interacción entre la visa U y el perdón, indicando que la visa U puede perdonar todas las violaciones migratorias, aunque en algunos casos puede requerir un waiver. Aborda la idea errónea de que un hijo enfermo (diabetes tipo 1) permite obtener residencia, aclarando que no existe tal “ley de 10 años” y que la única vía sería la cancelación de deportación, la cual requiere: (1) al menos 10 años de presencia continua, (2) un familiar calificado ciudadano o residente permanente, (3) buen carácter moral, y (4) demostrar sufrimiento excepcional del familiar si se deporta. También menciona su oficina en Tulsa, Oklahoma, y que atiende a clientes en todo el país mediante consultas telefónicas. El tono es conversacional, instructivo y empático, con énfasis en la necesidad de asesoría legal profesional.
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Y acá tengo una pregunta que me hicieron, Lugi, que me hizo acá en TikTok, dice: ¿Qué pasa si me niegan el I-601A? Que es la aplicación, el formulario para el perdón provisional, el perdón que pides antes de ir a tu cita en el consulado. Si te niegan el I-601A, siempre puedes meter una aplicación de nuevo para que te la aprueben, pero si te la niegan, entonces te han negado el perdón, entonces yo no aconsejo que salgas a tu cita en el consulado porque te vas a tener que quedar 10 años afuera. El perdón provisional es para que no tengas que durar 10 años afuera, pero como te digo, siempre puedes meter otra nueva aplicación para el perdón y hacer mejor trabajo con esas pruebas donde enseñamos donde tu familiar sufriría extremadamente. Eso siempre, no te aconsejo que salgas, hay que meter el perdón de nuevo o buscar otra manera que a lo mejor puedas arreglar tus papeles aquí sin tener que salir del país y hacer el proceso consular, porque el castigo que estamos consiguiendo un perdón por medio del perdón provisional es si tú sales del país para arreglar. Si hay una manera que tú puedes arreglar tus papeles aquí sin tener que salir del país, pues no vas a tener ningún castigo. Entonces, es lo que yo recomiendo, si tenían el I-601A, antes de meter la aplicación de nuevo hay que estudiar tu caso, mirar qué opciones hay para que tú puedas arreglar tus papeles aquí en los Estados Unidos sin tener que salir del país. Y yo sé que a lo mejor entraste ilegal, aunque entraste ilegal, sí hay maneras de poder arreglar tus papeles aquí. Muy bien. A ver, Medina me dice: ¿Dónde puedo arreglarle a mi novia? ¿Necesitaría un abogado? Tú propio te puedes hacer el papeleo si sabes cómo hacer el papeleo de aplicación, pero si me estás preguntando cómo lo haces es porque no sabes, entonces sí te aconsejo que busques un abogado para que te ayude, y claro, nosotros te podemos ayudar. Nuestro número: 844-377-RIVAS. (844) 377-RIVAS, como mi apellido. Yo soy la abogada Lorena Rivas, abogada de inmigración, ayudando a clientes en todas partes. No te preocupes donde estés, podemos hacer la consulta por teléfono, estamos contestando llamadas ahorita, pueden marcarnos (844) 377-RIVAS. OK, más preguntitas aquí. Bendiciones, Selena, gracias por estar aquí conmigo. Buenas tardes, Alicia. Muy bien, gracias. Good afternoon. Claro que sí, good afternoon, good morning para unos, claro que sí, gracias. Una pregunta, Busca a Dios me pregunta: basado en su experiencia, ¿hasta qué mes en este año alcanzarán la visa final concreta de este año fiscal? Gracias por su atención. No, basado en mi experiencia, no te podría decir, te voy a decir por qué, porque no sé qué tantos hay que aplicaron en ciertos meses, en días, y no es nada de experiencia, no sabemos Y también no sabemos cuántas van a ser aprobadas, cuántas van a ser negadas. Todo lo que sé es que por fin han llegado al 2018, el 2018. Pero no sé qué tan rápido se va a mover el proceso. Brenda Romero, también muchísimas gracias por estar aquí conmigo. Buenas tardes, gracias. Voy a regresar acá. ¿Cómo puedo tramitar mi identificación en Texas? Tengo mi seguro, mi acta, me falta un tercer tipo de ID. ¿Y tú eres legalmente aquí en los Estados Unidos? ¿Eres ciudadano? ¿Por qué lo que necesitas es agarrar otra identificación? Yo diría, consiga tu pasaporte, y ya con tu pasaporte ya tienes una identificación del gobierno con tu fotografía, y ya con eso puedes agarrar tu licencia para manejar, tu ID en Texas. OK, más preguntas aquí. ¿Se cobra por solicitar asilo? Inmigración no cobra para meter tu aplicación de asilo, no hay ningún costo en la aplicación del asilo. Claro, si consigues un abogado que te represente en tu caso de asilo, pues eso es un costo separado, pero para que tú Tú puedes someter tu aplicación con asilo, ya sea con el juez de inmigración o con la oficina de asilo, no hay ningún costo. Trataron de poner un costo a eso, pero lo detuvieron. ¿En dónde están sus oficinas? Claro que sí, Francisco, mi oficina está en la ciudad de Tulsa, en el estado de Oklahoma, pero representamos a clientes en todos los estados, dondequiera que tú estés, llama, de todos modos nosotros te podemos ayudar. ¿Cómo es Ley federal, e inmigración es ley federal, yo como abogada en el estado de Oklahoma puedo representar a cualquier cliente en cualquier estado, y cuando llegue tu entrevista de inmigración, tu corte de inmigración, no te preocupes, te podemos ayudar, tenemos clientes en todas partes, me encanta viajar, ahí estamos contigo en esos momentos especiales donde te aprueban tu caso. Gracias por tu pregunta. Nuestro número para hacer la cita es 844- 347 Rivas, 844-347 Rivas. OK, preguntas. Hola, ¿para la visa U es necesario meter el perdón y el permiso de trabajo? Me encuentro en México, ya cumplí mi castigo de los 10 años. Cuando se mete la visa U, normalmente también metemos la aplicación del perdón porque lo mágico de la visa U es que puede perdonar todo, todo. Pero si tú ya cumpliste, el único problema que tenías, Carmen, es por estar aquí ilegal, no tienes ningún otro problema, no te trajiste hijos acá a los Estados Unidos, no usaste de beneficios del gobierno, todo eso, entonces a lo mejor no necesitas un perdón, pero todo depende de los detalles tuyos, porque como le digo, la visa U perdona todo. Entonces, para mí, cuando yo someto la aplicación de visa U, es como ir a confesarse, hay que confesar todo, porque la visa U puede perdonar todo, suponer todos los pecados de inmigración, ponerlos todo en la aplicación y someterla. ¿Más preguntas? Gracias, gracias. A ver, acá tengo otra pregunta: "Abogada, mi hijo tiene diabetes tipo 1 y tiene 11 años, ¿puedo hacer una petición por parte de él para cuidarlo? ¿Cuánto cuesta el proceso?" Esta es la pregunta de hoy. Técnicamente no se puede arreglar por medio de los hijos hasta que cumplan 21 años, ese es el proceso normal. Yo sé que él tiene una enfermedad, pero siendo completamente honesta, diabetes es más común, so, no hay ninguna manera de poder arreglar tu residencia en base a tener un hijo con diabetes, así nomás, así nomás voy a decir, porque hay un proceso, y ese es el tema de hoy. Si ustedes han escuchado algo que se le dicen, que gente dice que es la ley de 10 años. Ah, porque tienes 10 años tú ya puedes arreglar, o tú puedes arreglar también por medio de un hijo enfermo, han escuchado todo eso, me imagino ustedes. OK, so, primera vez, Escuchen muy bien, infórmense, no hay ninguna ley de 10 años así nomás, no hay nada que nomás porque tienes tiempo aquí en los Estados Unidos puedes arreglar, no hay nada aquí en los Estados Unidos nomás por tener un hijo enfermo que puedes arreglar, pero hay algo que se puede pelear un caso en las cortes de inmigración, hay algo que se llama cancelación de deportación. En cancelación de deportación tú estás peleando tu caso en las cortes de inmigración, enfrente de un juez de inmigración. Cancelación de deportación, para poder calificar para cancelación de deportación tienes que tener por lo menos 10 años aquí consecutivos en los Estados Unidos, tienes que tener un padre, una madre, un esposo o esposa, un hijo o hija que es ciudadano o residente permanente en los Estados Unidos. Adicional, tienes que tener buen carácter moral, ya sea no tener problemas de inmigración o problemas criminales significantes. Y cuarto, tenemos que enseñar cómo este familiar va a sufrir excepcionalmente, extremadamente, si tú fueras deportado, ¿OK? Eso es una combinación de todas las cosas, 4 cosas que les dije: más de 10 años, un familiar calificante que es ciudadano o residente, tú tener buen carácter moral, y cuarto, que este familiar va a sufrir excepcionalmente extremado, un sufrimiento mucho más como el de común, ¿OK? Y es cuando la enfermedad de los hijos, o los de los padres, o el esposo puede ayudar también. Pero eso es nomás disponible si estás peleando tu caso en las cortes de inmigración, si estás en el proceso de deportación yendo enfrente de un juez. Y para muchos, como le digo, no es una aplicación que nomás se puede meter, es una estrategia que tenemos que hacer para muchos, porque no quiero que se vayan a arrestar, cometer un crimen, y ponerse en las manos de inmigración, no. Para muchos, la estrategia es meter un caso de asilo, y te van a negar tu caso de asilo, y después te van a pasar a las cortes de inmigración donde tienen la oportunidad de aplicar para cancelación de deportación. Es un proceso complicado, No les aconsejo que usen un notario o cualquier persona para hacer eso, un abogado fuerte, porque casos de cancelación de deportación son difíciles de ganar. Sí son posibles, pero son difíciles. Y claro, si ganas caso de cancelación de deportación, es la residencia. Entonces, es la única estrategia que hay, Lucero, para eso. Y eso es lo que ustedes a lo mejor han escuchado, la ley de 10 años, que como les digo, cuando escuchen eso, digan: no, no hay ley de 10 años, pero hay cancelación de deportación, y teniendo 10 años aquí es el primer requisito que hay.