EN VIVO en la Radio Las Americas 1380! Para hacer tu pregunta al aire (918) 794-2547

In this live, call‑in radio program, immigration attorney Lorena Rivas answers a wide range of listener questions about U.S. immigration law. She explains the recent Biden executive order that limits asylum eligibility for people who cross the border illegally, emphasizing that the order only affects prospective entrants, not those already in the United States. Rivas discusses family‑based petitions, the need for certain applicants to leave the U.S. for consular processing, and possible waivers (601A, VAWA, parole) that can avoid departure. She advises on detained individuals, bond requests, and the importance of an I‑130 petition. The attorney provides detailed guidance on U‑visa eligibility for crime victims, the documentation required from law enforcement, and the timeline for applying for a green card after a U‑visa is approved. She also addresses T‑visa eligibility for trafficking victims, the one‑year filing deadline for asylum, exceptions, and the risks of filing without a credible fear of persecution. Additional topics include the impact of DUI convictions on consular interviews, the timing for naturalization applications (including filing three months before eligibility), priority‑date considerations for family categories, and the typical processing time for provisional waivers (601A). Throughout, Rivas repeatedly shares contact numbers, office locations in Tulsa and Oklahoma City, and social‑media handles for further assistance.
Chapters
Esq. Hoy con nosotros Lorena Rivas. Muy buenos días, ¿cómo estamos?
Saludos, saludos, feliz miércoles. Estamos bien, estamos aquí bien. Estoy tratando aquí nomás acomodar mi computadora bien para que la gente que me esté mirando aquí en mis redes sociales me puedan mirar bien en cámara. Pero saludos a todos, bienvenidos, bienvenidos. Pues ya estamos otra vez el miércoles y como ustedes todos saben, aquí estoy todos los miércoles a las 11 de la mañana, tiempo central, en Las Américas. La más perrotota. Buenos días, estoy lista para contestar sus preguntas, pueden llamar o pueden mandar sus preguntas al texto aquí, al WhatsApp, un texto al WhatsApp de Radio Las Américas, al, bueno, el teléfono para llamar en cabina, 918-794-2547, o también pueden mandar sus preguntas al texto, al WhatsApp de Radio Las Américas, 918-607-8567. 8503.
Perfecto, ahí está la invitación para que empieces a hacer tus preguntas: 918-794-2547, número de WhatsApp 918-607-8503.
Bueno, pues estoy batallando con mi Instagram, pero sí estoy en vivo también acá en mi TikTok y también en mi YouTube. Saludos a todos, bienvenidos a este programa. Es para ti, para que tú puedas hacer estas preguntas. Yo soy la abogada Lorena Rivas, abogada de inmigración, y lista, lista. Y saludos a todos que nos están me están escuchando en vivo. Yo sé que estamos tomando pausa de la música, pero estoy aquí para darles buenas información. Algo que yo sé que muchos hemos tenido ya llamadas es sobre la orden ejecutiva que firmó el presidente Biden ayer, que cómo nos va a afectar a las personas. Yo quería hablar poquito sobre todo eso. Bueno, primero, esa orden ejecutiva no es técnicamente, no es una ley, es una orden ejecutiva, y lo que significa es que es una orden que hizo el presidente porque ellos tienen la capacidad de hacer ciertas órdenes, los presidentes, y tienen ellos el derecho de muchas veces dictar cómo las leyes de inmigración van a ser puestas en fuerza, cómo van a ser hechas, cómo van a ser manejadas. Y lo que el presidente Biden hizo ayer, dijo que las personas que están cruzando ilegalmente a los Estados Unidos van a tener menos oportunidades de pedir asilo. Para poder pedir asilo. Si tú tienes miedo regresar a tu país y quieres venir a los EE.UU. para pedir asilo, necesitas pedirlo afirmativamente. Lo que significa eso es que no cruces ilegalmente, tienes que presentarte en la frontera, ya sea no cruzar el río, no aventarte así nomás, presentarte en el puente, presentarte allí con los oficiales desde el principio, no cruzar ilegal, porque si cruzas ilegal, las posibilidades que tú no vayas a tener la oportunidad de tener pelear tu caso de asilo van a ser grandes y podrías ser deportado muy rápidamente y regresado a tu país. Entonces, es lo que se está enfocando y se está enfocando ahorita porque hay más de 2500 personas que están cruzando ilegalmente a los Estados Unidos y quiere bajar ese número que sea menos de 1500 y hasta que sea bajado los 1500, dice, entonces hasta que sea bajado menos de 1500 personas al día, entonces no va a permitir que gente cruce ilegal y pide asilo. Claro, seguramente va a haber demandas que van a querer tratar de parar eso, pero por mientras de eso, si tú tienes un familiar que está viniendo a los Estados Unidos, es muy importante que ellos se presenten desde el principio con los oficiales, que no le paguen un coyote para que los crucen ilegal, porque eso no va a funcionar. Hay unas cuantas excepciones como para niños que no están acompañados, pero pues es para niños solos. Entonces, lo que es, lo que es la ley ejecutiva, si tú ya estás aquí en los Estados Unidos, esta ley Esta orden ejecutiva no te va a afectar a ti, tú todavía puedes pedir asilo, pero sí es más bien para dirigido a las personas que están intentando entrar a los Estados Unidos. Ahí está.
Sí, hay mucha duda, mucha, la gente pues obviamente quiere saber qué va a pasar con todo esto.
Sí, y las leyes de inmigración son confusas y yo sé que muchas veces ustedes escuchan por aquí, por allá, por tu primo, por tu vecino, pero es muy importante que estén informados por lugares que están las noticias, ¿verdad? Las noticias nacionales, las de la televisión, no nomás lo que ustedes miran por Facebook. Yo sé que nosotros ya habíamos empezado a recibir llamadas en nuestra oficina, pero como le dije, si tú ya estás aquí en los Estados Unidos, esta orden ejecutiva del presidente Biden no te va a afectar a ti, es más bien para las personas que están intentando entrar a los Estados Unidos, que todavía no están aquí en los Estados Unidos.
Ahí está. Es importante que lo sepan, para ti que ya estás aquí no te va a afectar en nada, es solamente para las personas que todavía están intentando cruzar en la frontera. Tengo una pregunta acá de doña Trini en el WhatsApp. OK, la pregunta, OK, la pregunta de doña Trini dice: mi pregunta es, yo tengo una hija que se va a hacer ciudadana y que me quiere arreglar, pero yo tengo un niño especial de 35 años que si ella me arregla, yo tengo que salir del país. "pero yo no quiero salir del país porque no tengo quien me lo cuide, esa es mi pregunta, gracias, yo tengo 28 años en este país".
Bueno, sí, normalmente si alguien entra ilegalmente a los Estados Unidos, muchas veces cuando son peticionados por un familiar tienen que salir del país, pero esa salida muchas veces puede ser prevenida o puede ser hecha más que no sea una salida larga, que nomás sea nomás para ir a la oficina, la entrevista en el consulado y la oficina del doctor y todo eso que a lo mejor puede ser como menos de 2 semanas, y se puede pedir el perdón antes de salir del país. Entonces, tendríamos que mirar si esta señora califica para ese perdón, para que a lo mejor tenga que salir, pero nomás sería como 2 semanas, que no es largo tiempo. Pero otra cosa, aunque ella entró ilegalmente, a lo mejor le podemos arreglar sus papeles aquí en los EE.UU. sin tener que salir del país, aunque a lo mejor muchas personas, muchos padres entraron ilegal, sí hay maneras de poder arreglar tus papeles aquí en los EE.UU. sin tener que ir a una cita en el consulado, pero tenemos que mirar porque la gran mayoría pues sí tienen que salir del país para arreglar si entraste ilegal, pero sí hay excepciones, por ejemplo, el parol militar, protección 245(i), o arreglando por medio del proceso de VAWA. Llámenos y con gusto podemos hablar más al fondo sobre todo esto, comprendo su situación, márquenos 918-505-4870 para hacer esa consulta con nosotros.
OK, tenemos llamada telefónica. Buenos días, Radio Las Américas, estás al aire. Buenos días, adelante con tu pregunta.
¿De la cita? OK, muy bien. ¿Él ya salió con inmigración o está detenido todavía? ¿Él está detenido por inmigración o no? Eso entonces lo primero que se tiene que tratar de pedir inmigración, si ustedes tienen un familiar que está detenido en la frontera, es tratar de pedir que lo dejen salir con, ya sea con parole, o que lo dejen salir así nomás, o que le den una fianza para salir, es lo que se tiene que enfocar. Y claro, tendríamos que, ahí en la aplicación para pedir esa fianza, allí mencionaríamos que está casado con una ciudadana y que tiene la I-130 pendiente. Y también si hay otra razón porque él no se pudo aguantar afuera del país, a lo mejor por razones de asilo, pues se tiene que mencionar todo eso y pedir ya que le den la fianza. Si sale bajo fianza o si lo dejan salir, entonces ya aquí afuera lo que tendría que hacer, va a tener que hacer, es permitir que la I-130 sea aprobada, y ya cuando sea aprobada, dependiendo cómo lo dejen entrar aquí en los Estados Unidos, a lo mejor vamos a tener que hacer el perdón, meter el perdón provisional, el 601A, y ya después tendría que ir a una cita en el consulado. Pero claro que sí, usted casada con él, usted ciudadano, eso le ayuda inmensamente porque le da la opción de poder arreglar, y muchas veces mirando que ellos ya están, él tiene una manera de poder arreglar en el futuro, eso ayuda para que lo dejen salir bajo detención. ¿Y usted no ha tenido ninguna comunicación con él todavía? Claro, eso sería bueno que mencione todo eso, y porque si eso le ayudaba el caso más fuerte para mencionar todo eso. Tal vez, tal vez, la mala cosa es que está llegando un tiempo que está es más difícil entrar a los EE.UU. Esta orden ejecutiva entró en vigor a medianoche, pero no estoy segura cómo van a tratar a las personas que están detenidas ahorita, pero pienso porque él tiene, como le digo, una esposa que es ciudadana y tiene un caso pendiente, a lo mejor sí lo dejen entrar o entrar bajo fianza y ahí después presentarse en las cortes después. Pero sí, es muy importante el momento que se ponga en comunicación con usted que agarre usted un abogado, porque sí, usted puede ayudar, tratar de darle los documentos para que salga, pero un abogado le puede orientar poquito más si alguien está detenido, porque saben exactamente los documentos, o lo puede representar en las fechas de corte, o la entrevista de asilo, todo eso. Entonces, yo le diría, pónganse en comunicación, bueno, cuando se ponga en comunicación con su esposo y está seguro dónde está, qué centro está detenido, entonces hable con un abogado para que le ayude, para que él salga bajo fianza. Y de nada, buena suerte.
Hasta luego. Muy bien, línea disponible 918-794-2547, estamos en vivo y en directo. Recuerda, la abogada Lorena Rivas contestando tus preguntas acerca, todas tus dudas acerca de inmigración. Momento de que te comuniques, ya sea por teléfono en cabina o manda un WhatsApp, ya sea texto o audio, al 918-607-8503.
Y claro, pueden marcar para hacer sus preguntas al aire aquí al 918-794-2547. Es la hora, claro, aquí también estoy en vivo y gente me está mirando acá en TikTok, también acá en YouTube. Mis redes sociales, Instagram no me está funcionando y tampoco Facebook, ahí estamos con tecnología, pero de todos modos sí estoy en vivo con ustedes, me pueden buscar en esas redes sociales buscando Abogada Lorena Rivas Rivas y Esq. Abogada de inmigración, me pueden encontrar allí.
Buenos días, llamada telefónica, estás al aire, adelante con tu pregunta, por favor.
Mm-hmm, del crimen, yeah. Para mí sí es, si alguien balaceó su carro y ustedes están adentro, ¿qué más atento de muerte es? Es un atento peligroso, es un acto, you know, que alguien podría morir. Para mí sí es un intento de muerte, a lo mínimo es un asalto a felonía. Entonces, para mí sí es un caso suficiente para pedir la Visa U, claro, la Visa U es para víctimas de crímenes, crímenes como fuertes así, que han cooperado con la policía, y claro, ustedes cooperando con ellos, dándoles los detalles, llamando, eso es cooperación. Para mí sí es un caso de Visa U, yo intentaría pedir la Visa U en base de eso. Sí, y recuerden que la policía, ese oficial que ustedes le dieron el reporte, seguramente no va a ser el oficial que va a firmar la certificación de la policía. El primer paso para aplicar para la Visa U, se tiene que pedir que el departamento policía firme que ustedes fueron víctimas de ese crimen y que cooperaron, pero la gran mayoría del tiempo no es el mismo oficial que hizo el reporte. Ellos no entienden las leyes de Visa U, ellos no saben las leyes de inmigración. So, aunque ellos dijeron que a lo mejor no es un caso suficiente para arreglar trámites, ellos no saben y muchas veces se tienen que educar a las personas para enseñarles. Yo diría, sería válido hacer un intento de conseguir esa certificación de la visa U para después aplicar para la visa U. No, yo diría, yo intentaría, nosotros ayudamos en casos de visa U, nosotros podríamos ayudarle a ver si podemos conseguir la firma de la policía para poder aplicar para la visa U, márquenos al 918-505-4870 para hacer esa consulta con nosotros, ¿OK? Muy bien, buena suerte. No importa, nosotros ayudamos a clientes en todos los estados, en cualquier estado donde estés, te podemos ayudar. Igualmente.
Hasta luego, bye bye. En WhatsApp, pregunta para la abogada: yo estuve allá en Tulsa en el 2008, el problema es que tenía child support. La pregunta es: ¿puedo pedir un asilo político aún así? ¿Eso no me afectará para pedir una visa?
No, para poder aplicar para asilo, si tú tienes miedo a regresar a tu país, un miedo legítimo que alguien te va a te va a hacer daño, un daño grande, y que es en base a tu raza, religión, nacionalidad, opinión política, o por ser miembro de un grupo particular y social, tú podrías aplicar para asilo. El child support que tú debes, eso no te va a afectar para conseguir el asilo, eso te va a afectar para poder conseguir la residencia después de ganar tu caso de asilo, pero para una visa turista, eso exactamente no te va a afectar, pero si ellos saben que tú estabas aquí previamente, a lo mejor tienes un castigo si tú estuviste más de un año ilegalmente en los EE.UU. y saliste del país, ya sea por tu propia cuenta o porque fuiste sacado del país, tienes un castigo de 10 años y no vas a poder entrar en esos 10 años con una visa turista.
OK, bueno, eso sería lo único, ¿verdad?
OK, muy bien. Recuerden que las líneas están abiertas, 918-794-2547 para llamarnos y hacer sus preguntas al aire en vivo para yo contestar sus dudas o también pueden mandar sus preguntas por texto al 918-607-8503, es el WhatsApp de Radio Las Américas, 918-607-8503. Llámenos, llámenos, recuerden que nuestras oficinas están en Tulsa y en Oklahoma City, pero ayudamos a clientes en todas partes de los EE.UU., donde quiera que tú estés, en cualquier ciudad, cualquier estado, aquí estamos para ayudarte, mi equipo Rivas y asociados. Saludos a todos, gracias. Tomando una fotocita aquí.
Vamos al corte comercial rapidito y regresamos por supuesto con más en Radio Las Américas con Lorena Rivas.
Y por mientras voy a contestar algunas preguntas. Ah, OK. Radio Las Américas, buen día. Hola, abogada, ¿es cierto que se puede comenzar la aplicación de ciudadanía si faltan 3 meses para cumplir tiempo? O sea, por ejemplo, si tienes que esperar 3 años, puedes comenzar el proceso a los 3 meses antes de cumplir el tiempo, puedes aplicar para la ciudadanía. Correcto, Yacy. Mi hijo de 13 años ya tiene 5 años con la residencia, ¿qué necesito para que tenga la ciudadanía? Bueno, ¿cómo consiguió la residencia? Porque a lo mejor se tiene que aplicar para la ciudadanía, o si no, tú tienes, tú eres ciudadano, porque a lo mejor él puede derivar la ciudadanía por medio tuya. A ver, más preguntas. Mi esposa es residente cubana y yo soy chileno, pero estoy en apelación de mi asilo, ¿ella me puede pedir? Si ella ya es residente permanente, sí, ella te puede pedir. Lo que me pregunto es si tú automáticamente podrías conseguir también la residencia por estar casado con cubana, pero eso mucho depende si ustedes estaban casados cuando tú entraste. Diego. Háblanos y podemos revisar tu caso más al fondo, 918-505-4870. Claudia: I-130 aprobado en 8 del 2022, F2A, ¿puedo solicitar boletín? ¿Un mi cubre cuando residente? No estoy seguro, Claudia, tendría que mirar el boletín de visas, pero como estoy en vivo no puedo abrir esa página para estar seguro de qué fecha, y además tendría que saber de qué país eres porque eso es lo que afecta también de qué país eres. OK, ya contesté esa. A ver, acá tengo más. Oh, Claudia, ¿puedo cambiar mi entrevista de residencia ya que entré con asilo y me manda a mi país a la entrevista? Podrías tratar, la cosa es que si puedes aplicar para la residencia aquí en los EE.UU., pero si puedes si puedes calificar para poder arreglar tus papeles aquí por medio del ajuste, entonces sí lo podrías cambiar aquí en los EE.UU. Pero lo que tendríamos que revisar. Abogada, ¿cuánto tarda en llegar el bona fide a derivados después que se llegue el principal? Normalmente llega casi al mismo tiempo, José Lima, casi normalmente casi al mismo tiempo. "Hola, yo tengo 2 años, ya pagué el perdón y aún no me dicen nada, arreglé por mi hijo de 21 años, ¿cree que..." Bueno, si estamos hablando del perdón provisional, el perdón 601A, el perdón que se pide antes de salir a la cita en el consulado, esos están durando como 2, 3 años y medio, ¿OK?
Regresamos. Estamos de vuelta, por supuesto, a través de Radio Las Américas, La Perrotota de Tulsa. 11 de la mañana con 23 minutos y tenemos ya lista una llamada telefónica esperando. Adelante, llamada telefónica, estás al aire. Adelante con tu pregunta, por favor.
Buenos días.
OK, sì, ti ascoltiamo, ti ascoltiamo.
A los 3 años de tener la visa U aprobado, ya que te aprueben la mera, mera visa U, puedes aplicar para la residencia. Entonces, estaríamos mirando la aprobación de la visa U, la mera, el formulario, el documento donde dice que fue tu U visa approved, de esa fecha 3 años, eso es lo que estamos mirando. Y es muy posible que tú todavía tengas el permiso. ¿Cuándo te aprobaron la visa U? OK, entonces no puedes aplicar para la visa U hasta el 2026, digo, no puedes aplicar para la residencia hasta el 2026. A los 3 años de ya cuando fue aprobada tu mera visa U, es cuando puedes aplicar para la residencia. A los 3 años, sí. Cuando te dan la visa U, la aprobación es de 4 años, pero antes de que se venza, a los 3 años, es cuando ya puedes aplicar para la residencia. Correcto, sí. Correcto, Juan. Si tú estás aplicando para la residencia en base de ya tener una visa U aprobada, vas a tener que enseñar que tú has estado aquí durante el tiempo de esos 3 años. Entonces, documentos, tú vas a necesitar tu pasaporte que enseña que no tienes ninguna salida, entonces vas a tener que darles la página de una copia de todas las páginas de tu pasaporte o cualquier pasaporte que has tenido durante este tiempo, y después comprobantes que has estado aquí, puede ser bills, ellos piden casi algo por comprobante de cada mes que de esos 3 años, ya sea cuentas de banco, bills, cosas así, pero sí, mantenga esas cosas, no las tires porque las vas a necesitar someter a inmigración, y lo único otra cosa que se pide para arreglar la residencia en base de Visa U es que si la policía te ha pedido más ayuda, que tú has cooperado, seguido cooperado con ellos todavía. Gracias a usted, buena suerte. Hasta luego.
Muy bien, aquí está otra llamada telefónica. ¿Qué tal? Buenos días, Radio Los Américas, estás al aire, adelante con tu pregunta, por favor.
¿El 797? El 797 es el número de cualquier recibo de inmigración, cualquier notificación de inmigración. El 797 no me deja saber qué te está diciendo, pero lo que dice el documento, qué dice exactamente lo de adentro. Oh, OK. Entonces, es la cosa, lo que dice el documento es lo que me deja saber lo que significa, porque el 797, como le digo, cualquier recibo de inmigración, cualquier acción de inmigración, ellos siempre usan el formulario I-797. Eso no me deja saber exactamente lo que es. Es muy importante, a lo mejor es una aprobación, a lo mejor es que ellos están, el recibo, a lo mejor es la determinación de bona fides, a lo mejor es indicando que usted está en acción diferida. Como le digo, con gusto si quiere, no sé quién le ayudó con su caso de visa U, pero con gusto ellos deberían poder explicarle lo que dice, pero si usted gusta cambiar de abogado, nosotros siempre también le podemos ayudar y para dejarle saber qué está pasando en su caso de Visa U. Claro, claro que sí, claro que sí. Gracias a usted.
Hasta luego. Acá en WhatsApp, Terminación de celular 9543. Mi pregunta es: yo estoy aquí en Estados Unidos "No estoy casado, pero estoy juntado con una chava que es ciudadana y tengo una niña con ella, pero yo entré ilegal a Estados Unidos y me detuvieron una vez en Estados Unidos hace 3 años. Si me caso, ¿qué probabilidad hay de que pueda arreglar alguna residencia o ciudadanía?
¿Y en cuánto tiempo?" Bueno, pues claro, sí, si están casados, casados con un ciudadano, ciudadano te da opciones para poder arreglar. Entonces, posiblemente sí puedas arreglar la residencia y después aplicar para la ciudadanía, pero lo que me pregunto, lo que hace tu caso un poquito más confuso, que necesitaríamos hablar poquito más al fondo ¿sobre esa agarrada que tuviste hace 3 años? Necesito más información. ¿Te agarraron aquí en los EE.UU.? ¿Cuánto tiempo tenías anteriormente antes de eso? ¿Qué pasó en esa agarrada? ¿Te deportaron? ¿Salida voluntaria? Toda esa información necesitamos, pero con gusto, cuando haces la consulta con nosotros, te vamos a hacer todas estas preguntas, estés preparado de darnos esa información, y así te podríamos decir qué tan probabilidad es que tú puedas ganar la residencia por medio de estar casado con una ciudadana. Márquenos, 918-505-4870 es el número de nuestra oficina para hacer la consulta. También, claro, ayudamos a clientes en todos los Estados Unidos, podemos hacer las consultas en persona en nuestras oficinas de Tulsa y Oklahoma City, pero también las podemos hacer por teléfono, pueden marcar a cualquiera de nuestros 3 números para hacer esa consulta, 844-37-RIVAS también la pueden usar para marcarnos. Esq.
Lorena Rivas: OK, hola, buenos días, me gustaría saber, yo vine "Con visa de trabajo hace 12 años y no salí del país, ¿ya no se puede aplicar para un asilo?" Tú siempre puedes aplicar para asilo si tú tienes miedo a regresar a tu país.
Normalmente se tiene que aplicar para asilo antes de cumplir un año aquí en los Estados Unidos. Si no metiste tu aplicación antes de ese año y lo estás metiendo ahorita hace 2 años, entonces vas a tener que dar una explicación por qué no lo metiste anteriormente. A lo mejor es porque apenas ahorita tienes el miedo de regresar a tu país. Apenas ahorita, si las condiciones en tu país han cambiado que causa que ahorita sí ya tienes el miedo, puedes meter tu aplicación de asilo, pero ojo, mucha gente ya está metiendo su aplicación de asilo así nomás porque quieren ganar un permiso de trabajo. Casos de asilo son difíciles de ganar. Entonces, en muchas situaciones no metas tu aplicación si no tienes un miedo de asilo que es grande, que es suficiente, porque como dije, son difíciles ganar, tienes que enseñar que tienes un miedo creíble que tienes un miedo porque te van a hacer un daño grande físico, que te van a matar si regresas a tu país, que ese daño es hecho por el gobierno o un grupo que el gobierno no puede controlar y te quieren hacer daño en base de tu raza, religión, nacionalidad, tu opinión política, o porque eres un miembro de un grupo particular social de que no cualquier persona puede, son parte de ese grupo. Ya sea si tienes miedo de regresar a tu país porque hay mucho crimen, hay mucha violencia, hay mucha delincuencia, esos casos de asilo no van a ganar, no van a ganar. Eso, las leyes de los asilos de los EE.UU. no protegen a personas que nomás están huyendo por las condiciones malas en su país, por razones económicas, o porque hay mucha violencia en su país, van a perder ese caso. Entonces, en esta situación, si tú no tienes un caso fuerte de asilo, ni la metas, porque si pierdes tu caso de asilo, te van a deportar. Ojo, muchas veces es mejor espérate y quedarte así nomás en vez de ponerte en problemas peores nomás para conseguir un permiso de trabajo.
Muy bien. Clavelada661: Buenos días, hace 10 días agarré un DUI y estoy inmigrando, solo espero la cita en Juárez, ¿qué tengo que hacer?
Juárez es un consulado que es muy duro para personas que han tenido DUIs o que han agarrado por intoxicación pública. Una parte de si tú estás arreglando por el consulado, tienes que enseñar que no eres un alcohólico alcohólico, y si tú has tenido algún problema con la policía y alcohol, es muy posible que cuando vayas al examen médico con el doctor, ellos van a decir que tú eres un alcohólico y van a pedir que tú enseñes pruebas para rehabilitación antes de poder permitirte ingresar legalmente a los Estados Unidos, aunque tú ya estás en el trámite y nomás estás esperando tu cita en el consulado, esto podría afectarte. So, es muy importante que tú completas todas las clases lo más pronto posible, haz el examen enseñando que no eres un alcohólico. Para de tomar, por favor, vayas con el sacerdote, al pastor, para que ellos puedan enseñar que esto era una excepción, que esto nomás ocurrió una vez, pero no tomas mucho, porque Juárez es muy malo para acusar a las personas que toman una vez a la semana que son alcohólicos, ¿ok? Eso es la cosa, que ojalá que tu cita en el consulado no venga pronto porque el tiempo es tu amigo El tiempo te va a ayudar donde tú estés limpiecito, que cumplas con todo, para que ellos piensen, ah, pues eso nomás ocurrió una vez, pero en verdad no es alcohólico.
OK, sí, 530, Clavelada. Hola, ¿puedo aplicar por una visa T si estaba trabajando tiempo completo con mi empleador y después que le fue mal en el negocio me dijo que le ayudara nada más medio tiempo, 2 días a la semana, y él nada más me daba fechas que me iba a pagar y nunca lo hizo? Además me decía, pues yo te recomendé con el patrón para que el que trabajabas ahora, y si no fuera por mí, no tuvieras ese trabajo actual.
Posiblemente que sí, la visa es para víctimas de trata laboral, ser traficado por razones laborales. Podría ser que si alguien no te paga, estás trabajando con alguien, ellos no te han pagado, pero normalmente tiene que ser poquito más fuerte, ya sea que ellos han forzado trabajar contra tu voluntad, a que te están poniendo en condiciones malas de trabajar, que te están tratando como un esclavo, tendríamos que saber poquito más detallitos, nomás por tener a alguien que te quitó las horas, que no te está dando todo el tiempo completo, eso no es suficiente, pero posiblemente los detallitos que tu patrón no te ha pagado, eso a lo mejor te podríamos ayudar para un caso de Visa T. OK, perfecto.
Vamos a dar tu número telefónico, tu dirección, redes sociales, como siempre se nos va rapidísimo el tiempo, ya son las 11:34, esto terminó, pero como siempre agradeciendo infinitamente tu atención, Lorena, por contestarnos contestarle pues a todos.
Claro que sí, tenemos dos oficinas físicas, la primera es en Tulsa, la segunda es en Oklahoma City, la de Tulsa está en la 2930 Sur Yale, allí estamos centralmente localizados para ayudar a la gente, también como les dije, ayudamos a clientes en todas las partes sociales, todas partes de los Estados Unidos, me pueden encontrar en mis redes sociales de TikTok, Instagram, YouTube, y Facebook, busquen Abogada Lorena Rivas, y claro, los números 918-505-4870, o el (405) 754-2841, y el más fácil, el (844) 37RIVAS. Cualquiera de esos 3 pueden marcar para hacer las consultas con nosotros, y ese es el primer paso para empezar un caso con nosotros, tienen que hacer una consulta para poder revisar y hablar más al fondo sobre su caso.
Ahí está, ya lo dijo la abogada, así que cualquier duda, alguna consulta, marque ya y agende su cita: (918) 505-4870. (918) 505-4870. (4070). Como siempre, gracias, Lorena.
Claro que sí, los miro el próximo miércoles, aquí voy a estar. Recuerden que siempre estoy los miércoles a las 11 de la mañana, tiempo central, en Radio Las Américas, todos los miércoles. Hasta luego, adiós y bendiciones.
Bye bye.
Para tu pregunta rápidamente, Agustín, tienes que adoptarlos. Un abuelo no le puede ayudar a sus nietos a arreglar. Pero si tú los adoptas allá en México y tienes custodia legal de ellos legalmente por más de 2 años, puedes aplicar para que ellos puedan ingresar como tus hijos a los Estados Unidos, es lo que tendrías que hacer, adoptarlos, ese trámite se tiene que hacer allá en México para adoptarlos, ¿OK? Porque ellos viven allá y tú vives con ellos. Gracias.










