EN VIVO en la Radio Las Americas 1380! Para hacer tu pregunta al aire (918) 794-2547

In a live, call‑in segment on Radio Las Américas, immigration attorney Lorena Rivas answered a rapid series of listener questions covering a wide range of U.S. immigration issues. She clarified how applying for Social Security Disability (SSDI) for a U.S. citizen child does not jeopardize a spouse’s pending cancellation‑of‑deportation case, explained the documentation needed to travel abroad while a green‑card renewal is pending, and gave the optimal filing window (six months before expiration). Rivas detailed the income threshold a U.S. citizen spouse must meet to sponsor a partner (approximately $25,000 for a two‑person household) and described how that amount scales with family size. She confirmed that DACA recipients can marry without losing DACA status, and outlined VAWA (Violence Against Women Act) relief options, emphasizing that non‑physical abuse can be sufficient. The attorney discussed eligibility for U‑ and T‑visas, the limited circumstances under which a Visa U holder may obtain a parole, and the necessity of maintaining lawful status to be employer‑sponsored. She addressed J‑1 visa two‑year home‑residence requirements, possible waivers, and the impact of illegal presence on employer‑based adjustment of status. Additional topics included asylum‑based permanent residency travel restrictions, naturalization timelines (3 years if married to a citizen, otherwise 5 years), and practical resources such as her firm’s contact numbers, office locations, and social‑media presence. Throughout, Rivas provided concrete procedural steps, required documents, and realistic timeframes, while encouraging callers to schedule private consultations.
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Minutos, llegó el momento de hablar de temas de inmigración. Sí, es miércoles, señores y señoras, a través de Radio Las Américas, la perritota de Tulsa. Siempre es un placer recibir a Lorena Rivas.
Buenos días, Lore, ¿cómo andamos? Ay, pues nos andamos muy enamoradas con esa canción de Vicente Fernández, pues, ¿quién no se pone? Ay, ay, ay, tan sintiéndose tan bonito y todo eso, pero me encanta Vicente Fernández. Ay, ay, ay, gracias por su música, que que en paz descanse, pero sí, feliz de estar aquí el miércoles en vivo, en persona, para contestar sus preguntas de inmigración. Claro, pueden, ahora sí, ahora sí pueden llamar para hablar con nosotros en vivo, o también pueden mandar sus preguntas por el WhatsApp de Las Américas, y aquí están los números, ya se los voy a enseñar: al 918-794-2544. 47 es el número para poder llamarnos o pueden mandar sus preguntas al WhatsApp aquí al 918-607-8503.
Mira, ya llegaron las preguntas al WhatsApp.
Qué bueno, mira, sí estaban listos, estaban listos, así me gustan.
Ya sé, terminación de celular 1779. Quiero hacer una pregunta a la abogada Lorena, tengo un hijo que tiene Down síndrome, el síndrome de Down, pero estoy pensando en aplicar para el disability porque me he informado que ellos le pueden dar una aseguranza mejor que el SoonerCare, pero mi esposo ya 6 años arreglando con migración y como 4 años que le dieron el permiso de trabajo, entonces mi duda, si yo aplico para el disability, ¿le afectaría a mi esposo en su proceso con migración?
No, porque su hijo, me imagino que su hijo es ciudadano de los Estados Unidos, Entonces, él tiene el derecho a ganar disability, ganar el seguro, ganar la ayuda, él es ciudadano, él es el que va a ganar la ayuda, no es necesariamente ustedes. Entonces, no le va a afectar a su esposo, no sé qué trámite está arreglando su esposo, pero posiblemente él está arreglando por medio de lo que se llama cancelación de deportación, se me hace que eso es lo que está arreglando por las cortes. Entonces, no le va a afectar si usted consigue ayuda, y eso, eso sí Si tiene un caso de cancelación, deportación, eso enseña más porque su esposo y su familia tiene que estar aquí en los Estados Unidos porque están recibiendo ayuda, beneficios que no los pueden conseguir en otro país.
OK, bueno, ahí está la respuesta, agradecemos mucho tu pregunta 1779. Si tienes una pregunta y quieres salir en vivo, totalmente en vivo, marca a Karina en este instante al 918-541-1111 794-2547, 918-794-2547, o mándanos un WhatsApp, ya sea de texto o audio, al 918-607-8503. Es el momento de que hagas tu pregunta de inmigración. Lorena Rivas está con nosotros.
Claro que sí, claro que sí. Yo sé que muchos me están mirando en mis redes sociales. Bienvenidos, bienvenidos también.
Llamada telefónica, buenos días, ¿estás al aire? Adelante con tu pregunta, por favor.
Buenos días. Estoy llamando porque yo apliqué como refugio para renovar mi residencia. Me mandaron una carta y me dijeron que estaba en proceso, pero todavía no la recibo.
OK, so, usted miró que le mandaron ¿Tiene el recibo de inmigración que tiene, que enseña que el número del caso, que enseña el número del caso? ¿Tiene algo, tiene cualquier documentación que enseña que sí metió su renovación de la residencia? OK, entonces con eso puede usted llamar a hacer una cita en la oficina local para que le den una estampa en su pasaporte enseñando que usted es residente. Ahora, le voy a decir, ¿usted cómo planea ir para México? ¿Por carro, o por tierra, o por avión? OK, le voy a decir que si usted cruza la frontera aunque tenga su residencia vencida y con el recibo enseñando que tiene su aplicación metida para renovar su residencia, la van a dejar pasar. A lo mejor le hagan algunas preguntitas, la paren un ratito, pero sí la van a dejar pasar aunque su trámite para renovar su residencia todavía sigue pendiente. Entonces, para mí, usted está bien, podría viajar, nomás claro, lleve su residencia que está vencida, lleve también el papel que le mandó inmigración con el número del caso enseñando el recibo, enseñando que tiene su aplicación metida, y claro, también pues, si usted tiene su pasaporte, pero debería estar bien, sí la deberían dejar cruzar. Entrar de nuevo a los EE.UU. OK, OK, gracias a usted, pero sí, renovaciones de residencia, yo sé que sí están tomando tiempo, estén preparados de esperar como un año para la renovación de la residencia, pero de todos modos ustedes siguen siendo residentes, pueden actuar como residentes, pero claro, con la documentación enseñando que sí son residentes y que tienen la aplicación de renovación metida.
Muchas gracias.
Gracias.
Ok, el siguiente mensaje es de Clavel, el número celular 813. Hola, abogada, estoy casada con un ciudadano, decidimos esperar 2 años para que me pida y me den, ay, se me movió esto, me pida y me den la permanente. ¿Él cuánto tiene que demostrar que gana para poder pedirme? Gracias.
Claro, cuando alguien mete una aplicación para alguien, una petición para ellos, ellos tienen, ellos son los peticionarios y tienen que enseñar que tienen suficientemente ingreso para que esta persona no venga a hacerse una carga pública de los Estados Unidos, pero el ingreso que tienen que ser depende del tamaño de su familia, eso tenemos que mirar, pues, ¿cuántos hijos tiene usted también que están incluidos en su familia? O, ¿cuántos más ha incluido? ¿Qué más familiares incluyó en sus impuestos? Porque eso también incrementa el número de personas en la familia, pero por ejemplo, como una familia de dos, si es nomás usted y su esposo y no tienen hijos, no ha incluido ninguna otra persona en los taxes, tienen que ser más o menos como $25.000 al año, tiene él que ser más o menos como $25.000 al año.
OK. Llamada telefónica, buenos días, estás al aire, adelante con tu pregunta, por favor.
Buenos días.
Buenos días.
Mi pregunta es, para renovar la residencia, ¿cuántos meses de anticipación se tiene que meter la aplicación?
Se puede meter, sí, si tú quieres, necesitas renovar tu residencia, la puedes meter 6 meses antes de que se venza. 6 meses que permite, si es antes de 6 meses no permiten las renovaciones, pero los 6 meses lo puede meter para que sea procesado, y como le dije, más o menos están durando, en algunos casos se están moviendo rápidos, como la renovación de la tarjeta de mi abuelita, Esa duró como unos 6 meses para renovarse, pero también tengo otros clientes de nosotros que están durando como un año para su renovación de la residencia, pero al mismo tiempo, aunque se se venza su residencia, todavía sigue siendo un residente y todavía puede trabajar sin problema, también puede cruzar y viajar sin problema. Gracias, usted, muy buena pregunta.
Muy bien, por acá terminación de celular 6189. Hola, buenos días, una pregunta a la abogada. Mi novio tiene DACA y yo entré ilegal, ¿nos podemos casar sin afectarle a él?
Yeah, so, una persona que DACA es de los dreamers, los niños que fueron traídos acá en los EE.UU. en la infancia, ellos tienen la DACA y ellos se pueden casar, pueden estar solteros, no hay ningún requisito que tienen que seguir solteros para casarse o para poder mantener la DACA. Sí, se pueden casar sin problema.
Hola, buenos días. Adelante con tu pregunta, estás al aire.
Buenos días. Esta es una pregunta que frecuentemente tengo, que padres dicen, ah, tengo un hijo con autismo, con una disibilidad, o con otro problema médico, y dicen, no, pues alguien me dijo que puedo arreglar en base de eso. Pues lo primero es que sí hay maneras de poder arreglar si tienes un hijo con disibilidad, pero no es fácil porque no hay ninguna manera así nomás de meter una aplicación con inmigración en base de la disabilidad de su hijo. Claro, estos hijos son ciudadanos de los Estados Unidos, pero al mismo tiempo no hay ningún asilo más que se puede meter una aplicación en base de la disabilidad de su hijo. Lo único que sí hay es si alguien está en el proceso de deportación, ya le han dado una fecha en la corte con un juez de inmigración, en la corte de deportación, y se puede pelear un caso de cancelación de deportación en las cortes. Esto también requiere que esta persona tenga por lo menos 10 años en los Estados Unidos, que no tenga ningún problema significante de inmigración o criminal, excepcional y que no han, que tienen este familiar que es ciudadano o residente, este hijo o padre o pareja, y que ellos sufrirían excepcionalmente extremadamente. En esos casos es cuando se gana la residencia, pero estos casos son complicados y el requisito es sufrimiento excepcional y extremadamente, eso es un requisito alto. En el caso suyo, pero los hijos tienen que tener menos de 21 años. En el caso suyo, como su hija ya va a tener los 21 años, ni para qué moverle por la manera del corte porque ella no podría ser considerada para este proceso. Ahora, OK, eso estamos hablando una cosa diferente. Ahora que su hija ya va a cumplir los 21 años y normalmente padres pueden arreglar por medio de hijos a los 21 años, es cuando los ciudadanos a los 21 años es cuando le pueden meter papeles a sus padres, tiene que tener los 21 años. Su hija podría someterles papeles, pero yo sé que tiene una discapacidad Pero al mismo tiempo sí se puede arreglar un hijo discapacitado, de todos modos sí podría meterle papeles a padres. Yo sé que se suena curioso y diferente porque en muchos casos pues a veces los hijos no pueden tener el conocimiento o el reconocimiento de firmar documentos o meter aplicaciones, pero como ustedes son los guardianes y ojalá que son los guardianes legales de ella, ustedes podrían hacer el proceso y empezarlo. Pero otra cosa es, usted dijo que entró sin permiso, entró ilegalmente a los EE.UU., que eso cambia la situación donde puede arreglar. Típicamente, cuando alguien entra ilegalmente a los EE.UU., tiene que salir del país para arreglar, y cuando se sale, muchas veces tienen un castigo, que, y a veces no califican para el castigo para poder ingresar de nuevo. Pero sí hay maneras de poder arreglar sus papeles aquí en los EE.UU. por medio de sus hijos, aunque entraron ilegal. Son excepciones y a veces no son las maneras más típicas, pero sí hay. Entonces, le digo que llámenos y hay que hablar más sobre su caso porque a lo mejor usted califica para los otros métodos. Márquenos al 918-505-4870 para hacer esa consulta o también el 844-37-RIVAS. Ayudamos a clientes en todas partes de los Estados Unidos y podemos hacer la consulta en persona o por teléfono en nuestras oficinas en Tulsa o en Oklahoma City, o como les dije, por teléfono también si están afuera del estado. Gracias a usted.
Hasta luego, bye bye. 11 de la mañana con 15 minutos. Clave número celular 917. Buenos días, abogada, una consulta: ¿se puede arreglar papeles si una compañía me patrocina? Entré con visa, muchas gracias.
Pues sí, un empleador puede peticionar para un empleado. Yo sé que usted entró con visa, pero me pregunto, ¿todavía está la visa vigente? ¿Todavía está con permiso aquí para estar en los EE.UU.? ¿Todavía no ha estado ¿No está acumulando tiempo ilegal? ¿Tiene papeles ahorita para estar aquí o ya está de ilegal? Porque si usted ya está de ilegal, ya está indocumentado aquí sin autorización para estar aquí en los Estados Unidos, es muy difícil que un empleador le pueda meter papeles, tiene que mantener un estatus legal en los Estados Unidos para arreglar por medio de un empleador, al menos la única excepción es si alguien está protegido por la ley 245(i), pero me imagino que ese caso, eso no es usted. Pero entonces, si usted todavía está legal, legal, legal, totalmente legal, con permiso de estar aquí, entonces sí podemos hablar sobre un empleador patrocinándolo, pero si usted ya está acumulando tiempo ilegal, no, ya no.
OK, al aire la respuesta. Hola, ¿cómo estás? Estás al aire, puedes hacerle la pregunta ya a la abogada, te está escuchando. Buenos días.
Hola, hola. Claro, claro, aquí la estoy escuchando. Ya, so la visa U es para víctimas de crimen que han cooperado con la policía, se mete la aplicación de la Visa U, y cuando eso es aprobado, pues entonces alguien ya está en el estatus de Visa U. La Visa U es para 4 años, y a los 3 años se puede aplicar para la residencia. ¿Usted cuánto tiempo tiene con la Visa U? Sí, ¿cuánto tiene tiempo con la Visa U aprobada? ¿Cuándo? Un año y medio, eso todavía le falta para los 3 años. OK, bueno, sí se puede pedir el parol si alguien tiene una visa U aprobada, le voy a decir que sí se puede pedir, pero eso es diferente de si se la van a aprobar. Eso es lo que yo he visto recientemente, que están negando todos los, cuando alguien pide el parol, lo están negando todo, aunque tengan la visa U, pero puede intentar porque me imagino que varía por oficina, por oficina. Y si usted de verdad tiene una emergencia que tiene que salir, puede intentarlo. Nada se, bueno, se pierde, me imagino, el gasto y un tiempo, pero al mismo tiempo es posible que sí puedan decirle que sí, si le toca el corazón a alguien. Entonces, puede intentarlo, pero no le puedo garantizar que va a ser aprobado su request para el parol. Sí. De nada, de nada. Y claro, pues cuando ya aplique para la residencia también se puede pedir el parol ahí también por ese proceso. Proceso también. Sí, y todavía le falta mucho tiempo, pues sí, pero buena suerte con todo, ojalá que a veces si le toca un buen oficial, a veces dicen que sí, a lo mejor dicen que sí. OK, so, lleve todas las pruebas enseñando la emergencia, la necesidad y todo eso, y ojalá que buena suerte con todo, OK.
Hasta luego, bye bye. Muy bien, tenemos que ir al corte comercial, es muy breve, pero regresamos por supuesto con más de Lorena Rivas y contestando preguntas, dando respuestas a sus temas de inmigración. Regresamos.
Saludos a todos. Por mientras que estoy en un break comercial, voy a contestar algunas preguntitas. A ver, acá tengo una pregunta, dice: Hola, abogada, buenos días. Mi pregunta es, ¿cómo se puede renovar la prima facie? ¿Es nomás mandándole pedir al centro de VAWA? A que procesa, que renueven su prima facie, o también a veces si ya es tiempo de renovar tu permiso de trabajo, también manda la renovación para el permiso de trabajo al mismo tiempo. OK, a ver, acá tengo más preguntas. Hola abogada, ya tengo mi permiso de visa U, ¿cuándo a mi derivado en mi país le va a llegar algo? Bueno, él va a ser poquito más complejo, pero él tiene que tener la aprobación de la visa U, y cuando ya sea la visa U aprobado para él también, entonces manda mandan el caso para el consulado del país de él para que le den la entrevista, pero debería tener la aprobación de la visa o al mismo tiempo casi con la aprobación tuya, pero lo que sigue después es el proceso de la cita del consulado y eso podría durar algún tiempo. "Mi papá es americano desde que nació, también se registró en México y a mí me registró con sus papeles mexicanos". Ay, pues si él vivía aquí también en los EE.UU. al mismo tiempo después de que tú naciste, Posiblemente podrías tratar de calificar y aplicar para el pasaporte americano o para la N-600, que es el certificado de ciudadanía, pero como dije, requiere también mirar las fechas cuando él vivió aquí en los EE.UU. Abogada, yo me casé, vine por Puerto Rico, y mi esposo es ciudadano, y mi esposa es ciudadana, perdón, Peter. ¿Yo puedo hacer papeles? Claro que sí, si tú estás casado con un ciudadano americano o con un residente permanente de los EE.UU. podrías arreglar, tú dijiste que entraste por Puerto Rico, entonces a lo mejor entraste legalmente por una, como una visa turista o algo así, si ese es el caso entonces podríamos hacer un ajuste de estatus para que arregles más rápido, Peter. A ver, saludos a todos. Hola, Teresa. Tengo otra, dice: Buenos días, Lorena, abogada Lorena, tengo una pregunta, ¿es cierto que una persona puede arreglar su residencia por sí solo por la única razón de todos los problemas que ha pasado con sus hijos problemáticos? Tengo esa duda, gracias. Claro que sí, esto se llama la VAWA, si tienes, has tenido problemas con tus hijos ciudadanos que tienen más de 21 años, podrías arreglar un caso de VAWA. Yo sé que muchos abogados dicen que se requiere que haga violencia doméstica o que haya un reporte de policía o que sean muy graves, pero basado en mi experiencia, a mí tienen que ser problemas, y para nosotros pues son significantes, son psicológicos, problemas mentales, psicológicos, abuso, así es suficiente para ganar casos de VAWA. Sí es cierto, María, sí se puede, es abuso diferentes niveles, pero para inmigración, si se presenta el caso completo, se puede enseñar que sí es el abuso suficiente para ganar un caso de VAWA. Gracias, María, por tu pregunta. A ver, y eso te preguntas también, Villafranca, tu pregunta sobre VAWA también. Me hace que ya vamos a regresar al aire. Recuerden, pueden llamar para hacer una consulta.
Estamos de vuelta, por supuesto, totalmente en vivo y en directo, transmitiendo desde el 102.7 FM y el 1380 de tu AM en Tulsa, en Muskogee en el 102.9 y 1490 de tu AM, en todo el mundo a través de www.lasamericas1380m.com. Continuamos con la abogada Lorena Rivas. Lore, tenemos por acá más preguntas en WhatsApp.
¡Qué bueno! Y dice lo siguiente, que trae una alada, es 517: "Mi hermano fue deportado, pero ahora califica por VAWA, por su matrimonio puede aplicar para este proceso, su esposa es ciudadana, pero él tiene mucho miedo a aplicar." So, la VAWA es arreglando en base de problemas, ya sea problemas con tu pareja, si estás casado con un ciudadano residente o por medio de un hijo ciudadano de 21 años, o si tú eres menor de 25 años de un padre que es residente o un padre ciudadano. La VAWA te permite arreglar sin la ayuda de esa pareja, esa pareja no tiene que firmar nada, no tienen que saber del proceso, pero también al mismo tiempo tampoco van a ser afectados porque tú estás siendo protegido como una víctima de abuso y maltrato. Digo problemas porque estos problemas no se requieren que son, el abuso no tiene que ser físico, no se requiere un divorcio, no se requiere un reporte a la policía, daño emocional y mental es suficiente para ganar un caso de VAWA. Si hay un caso de VAWA, no te diría no tengas miedo, la VAWA es para proteger y para dar la independencia a personas para que ellos puedan arreglar, sí, y arreglar de una manera más segura para muchos también.
Muy bien. Otra pregunta con Clavelada 706: "Hola abogada, mi esposo está en el proceso, él entró con visa, ¿es posible que le quiten la entrevista como otras personas ¿Han entrado legalmente?
No sé qué proceso será, me imagino a lo mejor arreglando por medio de un hijo, no estoy segura, ¿verdad? Me dijiste procesos, no estoy seguro qué proceso es exactamente, pero muchas personas no han— sí, pero para muchas personas sí, no están pidiendo entrevista, en algunos casos todavía sí están pidiendo, pero está variando dependiendo de oficina, de oficina de donde tú vives, pero sí es posible que no le den la entrevista.
Ok, vamos con otra pregunta por lo mientras. Buenos días, abogada, mi novio tiene DACA y yo entré ilegal, ¿nos podemos casar sin afectarle a él?
Sí, ya contesté esa, pero sí, él no va a tener ningún problema, se pueden casar.
Ok, muy bien. No, esta no, esta es canción. Bueno, invitamos a que se comuniquen a la llamadita telefónica para que hagan su pregunta totalmente en vivo, 918-794-2547. Es el momento de que marques totalmente en vivo para que hagas tu pregunta. Aprovecha, todavía faltan 7 minutos para que la abogada siga contestando tus preguntas. Así que apúrale, te estamos esperando.
918-794-2547.
Y Lorena, por lo menos nos puedes recordar por favor cuáles son tus redes sociales para que te puedan seguir.
Claro que sí, yo solo estoy mirando en vivo acá mis redes sociales de TikTok y también Instagram. YouTube y Facebook, me pueden encontrar buscando Abogada Lorena Rivas, Rivas y Asociados. Allí, si me encuentran, por favor den un like, síganme, y también pueden compartir y comentar sobre los videos que tenemos y la otra información. También quiero recordarles que también un socio de Rivas y Asociados, de mi firma de abogados de inmigración, es el Colegio de Sueños para poder ayudarles a aprender inglés o aprenderse las preguntas para la ciudadanía. Que también estamos corriendo el Colegio de Sueños, trabaja conjunto con Rivas y Asociados para poder ayudar a personas a realizar su sueño americano, porque claro, después de agarrar los papeles y estar aquí legal y tener su seguro social, después de eso hay que agarrar mejor trabajo, hay que, no sé, otros beneficios de aprender inglés, aquí estamos para ayudarles en ese proceso.
Perfecto. Me está diciendo, me está contestando que sí, que es por matrimonio la que acaba de comentarte que está en el proceso.
OK, entonces, ¿es posible que no tenga que ver entrevista, pero va a depender del oficial que le token, así él quiere pedir una entrevista o no.
Muy bien, llamadita telefónica, estás en el aire, adelante con tu pregunta, por favor.
¿Y el accidente fue en el trabajo? OK, uno, para poder aplicar para la Visa U, un accidente no es suficiente, pero lo que le tengo es que parece que él tiene un caso de Visa T por víctimas de trata, de tráfico, porque el trabajo lo está obligando a trabajar después de tener este accidente, entonces no le están Posiblemente la Visa T, entonces nomás nos tendríamos que agarrar poquito más detallitos, pero la Visa T para víctimas de trata también trabaja si alguien está trabajando o estaba trabajando con un empleador o alguien, por medio de alguien, y esas personas lo maltrataron en el trabajo, obligaron que tenían que hacer cosas que sin, que obliga, fue él obligado a hacer cosas contra su voluntad, o no le pagaban bien, lo trataban como un esclavo, cosas así. Entonces, posiblemente tiene un caso de Visa T, y con gusto dígale que nos puede llamar para hablar más al fondo y dar los detalles que faltan Número de mi oficina: 918-505-4870. Gracias a usted.
Muy bien, 704 pregunta lo siguiente: Hola abogada, buen día, yo soy de El Salvador, cuando llegué a Estados Unidos era menor de edad y pedí asilo porque mi país estaba muy peligroso. Ahora tengo residencia por asilo y tengo la duda si ahora que ya está seguro mi país El Salvador, yo podría ir a visitar. De antemano, muchas gracias, saluditos.
¿Estás seguro que ganaste asilo, tu residencia por medio de asilo, o la conseguiste por medio de la visa juvenil especial? La visa juvenil especial es diferente del asilo, es muy importante que sepas la diferencia, porque si ganaste tu residencia por medio de asilo, entonces no te aconsejo que viajes a tu país, pero si tú recibiste tu residencia por medio de la visa juvenil especial, entonces sí podrías salir del país. La visa— Por medio de asilo fue. Dice: Pero es muy difícil ganar casos de asilo del Salvador, por eso digo, no estoy completamente seguro, quiero que esté seguro, pero si usted me está diciendo que en verdad sí es de asilo, asilo 100% seguro, entonces le digo que no puede viajar a su país siendo residente. Ya después que te hagas ciudadano puedes viajar. OK.
Bueno, pues dice que sí, que sí es seguro.
OK, muy bien.
OK, adelante, llamadas telefónicas al aire.
Buenos días. So, para la ciudadanía, claro, si alguien puede aplicar para la ciudadanía, primero se tienen que ser residentes. Si alguien tiene la residencia por lo menos por 3 años y está casado con un ciudadano o ciudadana, se pueden aplicar para la ciudadanía a los 3 años de la residencia, pero si no, tienen que esperar los 5 años para aplicar Oh, y disculpa para preguntarle, ¿qué edad tiene usted, señor? OK, entonces usted va a poder hacer el examen en español también, porque si alguien tiene más de 20 años de residente y tiene más de 50 años, entonces puede tomar el examen en español. Sí, residente, mero mero. No, residente permanente. Sí, si usted tiene desde el '84, pues usted ya tiene más de 20 años, si tiene más de 50 años, pues sí, entonces como dije, más de 20 años sí los tiene, y es el requisito mínimo, 20 años. Usted lo va a poder hacer en español, y además le voy a decir que las tarifas que cobra inmigración Para meter la aplicación, para que todos sepan, van a subir el 1 de abril, van a subir el 1 de abril. Ya, claro, OK. El precio mío, está preguntando. Bueno, le iba a decir que la tarifa que cobra inmigración es $725, pero al mismo tiempo muchas veces se puede pedir un— $725 es lo que cobra inmigración. El costo de nosotros varía dependiendo de los detalles del caso suyo, con gusto, como digo, sin saber más detallitos, también sí, al 918-505-4870 es el número para nuestra oficina, pero también claro que sí, señor, sí, para estar seguro que, OK, muy bien. Buenas suerte con todo, señor. Y también, Ima, para las personas que están estudiando para el examen de ciudadanía, yo sé que muchos pues necesitan el inglés, pero como este señor va a tener el examen en español, va a poder hacer las preguntas en español, en español, pero al mismo tiempo todavía va a tener que estudiar las preguntas, y nosotros todos les podemos ayudar con ese proceso también con el Colegio de Sueños.
Muy bien, última pregunta. Hola, abogada, ¿alguien que con una visa J-1 a trabajar por un año y me quedé, aquí estoy casado con una ciudadana americana, ¿ella puede meter mi solicitud sin problema?
So, la J-1, ese tipo de visas, a veces hay un requisito que alguien tiene que regresar a su país antes de poder cambiar el estatus para una residencia, y todo eso depende de qué tipo de J-1 que le dieron, y o qué dice el papel de la J-1, si dice que puede ser cambiado a residente o no, y eso depende, pero a lo mejor sí va a poder arreglar sin problemas o sí No, posiblemente vamos a tener que pedir un perdón para que él pueda arreglar sus papeles aquí en los EE.UU. por medio de estar casado con una ciudadana.
Muy bien, 11 de la mañana con 33 minutos, llegó el momento de despedir a la abogada Lorena Rivas, agradeciendo infinitamente como siempre su presencia en Radio Las Américas, la verdad total. Lore, un gusto como siempre, por favor dinos adónde te podemos visitar, tu dirección, número telefónico, por favor.
Claro que sí, nuestra dirección aquí en Tulsa es las 2417 East Armour Road, en la Armour Road y Lewis, pero les voy a decir, ahí nomás vamos a durar hasta el fin de este mes y los vamos a mover. Tenemos un edificio nuevo que hay, después le vamos a dar la dirección, pero por mientras sigan usando la de Armero y Lewis, ahí les dejamos saber nuestra nueva dirección porque no quiero que se confundan y estamos todavía terminando las renovaciones que tenemos que hacer en el nuevo edificio. Pero también estamos en Oklahoma City, en la Northwest 50th Street, en la calle 50, nor-noroeste, y Si no, de todos modos, aunque tú estés en otro estado, otra ciudad, de todos modos te podemos ayudar con tu caso de inmigración dondequiera que tú estés, representamos a clientes en todas partes, llama, podemos hacer la consulta por teléfono, número de nuestra oficina: 918-505-4870 o también el 405-754-2841 o también el 844-377-RIVAS, cualquiera de los tres pueden marcar y van a hablar con nosotros para empezar su caso.
OK, muchas gracias. Nos vemos el próximo miércoles.
Adiós, hasta luego.
Bye.










