Preguntas y Respuestas Sobre Inmigración y Trámites en EE.UU.

En este video de preguntas y respuestas, la abogada de inmigración Lorena Rivas explica diversas vías para regularizar la situación migratoria en EE.UU. a través de la familia. Aborda la posibilidad de que un ciudadano estadounidense patrocine a un hermano (requisito de edad 21+, tiempos de espera de hasta 22 años para México). Detalla los diferentes caminos para cónyuges de ciudadanos o residentes permanentes, enfatizando la necesidad de demostrar un matrimonio de buena fe mediante documentos como cuentas conjuntas, declaraciones de impuestos, propiedades y hijos. Menciona opciones de petición familiar, proceso consular y VAWA, y señala que el historial migratorio del solicitante (entrada legal o ilegal, antecedentes criminales) influye en la estrategia. Responde a consultas sobre peticiones de hijos ciudadanos para padres sin visa, la preservación de tiempos de espera cuando un padre cambia de residente a ciudadano, y el proceso I‑130 con sus tiempos aproximados (18‑22 meses). También trata la remoción de condición (I‑751) en caso de divorcio y la posibilidad de usar el parole militar de un hijo menor de 21 años para facilitar la residencia de los padres, indicando tiempos variables según la oficina de USCIS. El video concluye con varios números de contacto para consultas legales.
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OK, a ver. Disculpa, Lorena Rivas, un hermano que es nacido en los EE.UU. ¿Puede darle la green card a otro hermano? Sí, sí, un ciudadano hermano le puede meter papeles a otros hermanos, nomás que ese ciudadano hermano tiene que tener 21 años para meter esa aplicación a otro hermano, y te voy a decir que dependiendo de qué país eres, muchas veces este tipo de aplicación, este tipo de proceso podría durar muchos años. Si eres de México, el proceso podría durar como unos 22 años para que tú puedas conseguir la residencia por medio de un hermano. Entonces, no es lo más rápido, pero sí existe la posibilidad y muchas personas sí han podido arreglar por medio de hermanos, nomás que han tenido que ser pacientes, paciencia, tener paciencia para poder arreglar por medio de ellos. OK, el tema de hoy, para que ustedes no se vayan, porque claro, siempre hablo de un tema, es cómo se puede arreglar por medio de estar casado con un ciudadano o con un residente permanente, que yo sé que muchos de ustedes están casados con un ciudadano o con un residente. Y primero, sí hay maneras de poder arreglar por medio de tu esposo o esposa, ¿verdad? Ciudadano o residente. La manera que puedes arreglar por medio de ellos depende más en ti, depende más en tu historial, depende si tú estás aquí en los EE.UU. o si estás afuera del país, depende es cómo entraste aquí en los EE.UU. ¿Entraste con visa? ¿Entraste legalmente o entraste ilegal? Depende también si tú tienes varias entradas, depende también si tú has estado aquí en los EE.UU. ilegalmente, depende también si has tenido problemas de inmigración, depende también si has tenido problemas criminales, depende si alguien te ha metido papeles anteriormente. Todo esto afecta tu manera de poder arreglar por medio de estar casado con un ciudadano residente. Hay varias maneras de poder arreglar por medio de este matrimonio. En todas estas maneras de arreglar por medio de estar casado con un ciudadano o residente, se tiene que comprobar inmigración que sí es un matrimonio de verdad,, o que sí fue un matrimonio de verdad, que no nomás se casaron para papeles, no nomás se casaron para hacer fraude a inmigración, que sí es un matrimonio de buena fe. Y para hacer eso, inmigración te va a pedir bona fides, que son documentos comprobando que sí era un matrimonio de verdad. ¿Y qué tipo de documentos son esos, abogada? ¿Verdad? Se preguntan. Bueno, son papeles y documentos que típicamente, que normalmente matrimonios tienen, y eso sería si cuando usted se casa con alguien, o cuando nosotros nos casamos con alguien, normalmente unimos nuestros bienes y deudas. Entonces, si tienen una cuenta de banco juntos, si han hecho sus impuestos juntos, si han comprado una casa, un carro juntos, documentación que enseña ambos nombres en los papeles. Otra cosa es documentación que enseña que ustedes han vivido juntos, cosas que normalmente matrimonios hacen, ¿verdad? Y también si han tenido hijos juntos, pues eso también collaborate, se dice en inglés, no estoy segura cómo se dice en español, pero enseña también que sí es un matrimonio, ¿verdad? Entonces, en cualquier manera que tú estás arreglando, si tú estás casado con un ciudadano o residente, es muy importante que empieces a reunir documentación, papeles que enseñan ambos nombres juntos en cosas, y que enseñe que ustedes viven juntos y actúan como un esposo y esposa, o como un matrimonio de de verdad. Pero sí hay maneras de poder arreglar si tú estás casado con un ciudadano o con residente, podría ser una petición familiar, podría ser el proceso consular, podría ser por medio de VAWA, pero es muy importante que nos hables porque todo, cada caso es diferente, y así podríamos indicarte y decirte cuál es la mejor manera para ustedes, y claro, es decisión de ustedes, pero márquenos, nosotros ayudamos a personas casadas con ciudadanos o residentes arreglar sus papeles. 844-377-RIVAS. ¿Podría, abogada Lorena y Emilio, podría arreglar por medio de mi hijo que es ciudadano y yo entré sin visa hace 28 años? Bueno, si tu hijo tiene 21 años, y claro me dijiste que es ciudadano, entonces sí hay maneras de arreglar por él. Claro, me dijiste que entraste sin visa hace 28 años, pero eso parece que me indica que nomás tienes una entrada a los Estados Unidos, que eso nos va a ayudar para que tú puedas arreglar. Yo sé que aunque alguien entró sin visa, entró ilegal, estás ilegal, sin documentos, sin inspección, sí hay maneras de arreglar por medio de tus hijos, causa que no podemos a veces usar la manera típica o la manera normal, pero sí hay maneras, háblanos al 918-505-4870 para hacer esa consulta o también el 844-377-REVAS. OK, más preguntas. Mi hija tiene casada ¿Tú cómo le? No sé qué, 5 años casada en junio, ¿ella podrá pedir la cita para ser ciudadano pero aún no tiene remoción de estatus? Ay, Sandra, no te entiendo completamente la pregunta, pero parece que tu hija está casada con un ciudadano, en junio la padre podría pedir la cita para hacer ciudadana pero aún no tiene remoción de estatus. Ay, disculpa, Sandra, no entiendo la pregunta completa, pero gracias, gracias. Si quieres puedes tratar y a ver si puede llegar a esa pregunta de nuevo. A ver, ya contesté esa pregunta. Hola, Dani, gracias por estar aquí. Las preguntas que tengo, acá tengo, dice Nayeli, dice: abogada, una petición de padre residente a hijo menor antes del 2000, ahora padre ciudadano, hijo casado, ¿se respeta el tiempo de espera o sería el proceso todo de nuevo? No, es muy posible que podemos recuperar ese tiempo Pero depende si tu papá se hizo ciudadano antes de que el hijo se casó, porque así se preservó la aplicación, pero si el hijo se casó y el papá todavía era residente, la aplicación se canceló y se tendría que meter una aplicación de nuevo y el tiempo empieza con la nueva aplicación, Nayeli. So, tendría que saber esos detallitos, pero es muy posible que sí podremos recuperar ese tiempo para que no se tenga que hacer una aplicación totalmente nueva, pero Nayeli, márcanos 918-505-4870. Gracias, gracias por mirar. Aquí tengo más. A ver. ¿Cuáles son los pasos a seguir para empezar a tramitar un estatus de inmigración si tengo un hijo en...? Roberto, no miro la pregunta completa, no se escribió en los comentarios. ¿Cómo cuánto dura el proceso después, el proceso después de que pidas a tus papás? Pues depende, bueno, si tú le estás metiendo papeles a tus padres, a lo mejor estás haciendo por una petición familiar y ajuste de estatus, o a lo mejor estás haciendo por una petición familiar y el proceso consular, pero en cualquiera de los dos se tiene que meter una aplicación que se llama la I-130, que es la petición petición familiar para enseñar que tú eres ciudadana, que tienes 21 años y que estas personas son tus padres, ¿verdad? Y ahorita, si nomás metiste la I-130 a tus padres, más o menos el tiempo que están durando esas aplicaciones son como unos 18 meses. Ah, Sandra, mi hija se separó pero quiere divorciarse, pero ella cumple 5 años en junio, ¿tendría algún problema? Pero ella aún espera la remoción de estatus. Entonces, ella ya tiene la residencia y tiene la residencia condicional, la de 2 años, pero metió la remoción. Se me hace largo que todavía no tiene la residencia de 10 años. Entonces, ¿qué es lo por qué se está tardando? ¿Metió la aplicación de remoción las 7:51 tarde? ¿Qué pasó? ¿Qué pasó? Algo, un detallito me está faltando, Sandra, pero es muy posible que no, sí podría divorciarse, Pero tengo que estar seguro en qué base metió la aplicación I-751, porque si lo hizo en base de que todavía están viviendo juntos, yo diría, hey, quédense juntos. Pero si lo hizo en base de que están divorciándose o que hubo abuso en la relación, entonces sí se podría divorciar. Pero con gusto, si quieres, podemos darte a tu hija una segunda opinión para poder aclarar esa duda, para hacer esa consulta, márcanos 918 o el 844-626-1111. 37 Ríos, más fácil, más fácil, les digo. OK, acá tengo más preguntas, dice: ¿El ajuste de hijo militar de 19 y hija de 26 ciudadana es difícil y tardado? No, Lulo, se puede hacer los dos, claro. Para poder arreglar más fácil por medio de tener un hijo en la militar de los EE.UU., esto, el primer paso es pedir el parol militar. Y lo puedes hacer por el hijo de 19 años. Ya cuando ese parol militar sea aprobado, entonces puedes hacer la petición familiar y el ajuste por medio de tu otra hija, la de 26 años que es ciudadana, porque no puedes ganar la residencia por medio de un hijo hasta que ellos cumplan los 21, pero podemos usar el hijo menor de 21 para ganar el parol militar, que es como te están dando una entrada legal y arreglas más fácil. El tiempo que dura el proceso varía dependiendo en donde tú vives y la oficina de USCIS donde se manda a pedir el parol militar. Aquí en Oklahoma están durando como unos 8 meses más o menos, pero yo sé que en otras ciudades, otros estados están tardando más y algunos más rápido. Entonces, no te podría decir exactamente, pero qué bueno, podemos empezar el caso de parol militar ahorita por medio de tu hijo para que metemos tu aplicación de residencia por medio de tu otra hija, Lorena Rivas. Pero llámanos, 844-377-RIVAS. Llama, llama, llama.










