
The YouTube news segment reports on the case of Miguel Méndez Santiago, a 64‑year‑old accused of sexually assaulting his 15‑year‑old granddaughter in Arecibo, Puerto Rico. The alleged abuse occurred on June 13, 2024, and the victim’s mother filed a complaint that led to an investigation by the Division of Sexual Crimes and Child Abuse. Méndez was arrested on September 10, 2024, posted a $225,000 bail, and faced a preliminary hearing on February 27, 2025. The only evidence presented was the minor’s testimony, which the judge, Leila Grau Lau, deemed insufficient, resulting in a "no cause" ruling and dismissal of the case. The Arecibo District Attorney, Rafael Freitas Cutrera, announced an appeal (alzada) scheduled for March 28, 2025. The report includes commentary from legal experts, the defense attorney, and former judge Laura Cely Roque, discussing procedural standards, the role of credibility in preliminary hearings, victim support mechanisms, and calls for greater judicial transparency. The segment also highlights the emotional impact on the victim and her family, the involvement of the victim’s parents, and the broader implications for the Puerto Rican justice system.
Chapters
es su propia nieta. Independientemente del desenlace de este caso, el sistema judicial se pone a prueba.
El 10 de septiembre de 2024, este fichaje aparecía en diversos medios de noticias y páginas en las redes sociales. Lo que se reportaba en ese momento era que luego de una investigación por parte de la División de Delitos Sexuales y Maltrato a Menores del área de Arecibo, Miguel Méndez Santiago, de 64 años, fue acusado por actos lascivos, incesto y maltrato de menores. La jueza Michelle Camacho encontró causa para su arresto. El sujeto prestó una fianza de $225,000 y quedó en libertad. La vista preliminar estaba citada para el 25 de septiembre. ¿Qué pasó con este caso? Primero vayamos un poco hacia atrás. Los hechos que se le imputan a Méndez Santiago Alegadamente ocurrieron el 13 de junio del año pasado contra su nieta. A continuación escucharemos el testimonio de la madre de la niña que denunció haber sido agredida sexualmente por su abuelo. Protegeremos su identidad por el bienestar de la menor. Según su relato, todo comenzó con un plan común en cualquier familia. La adolescente de 15 años pasaría unos días de vacaciones en casa de sus abuelos.
Estuvo con el abuelo ese día y fueron de compras y rotó.
La joven contó que su abuelo la había llevado a los outlets para compartir y comprarle algunos regalos, pero que una vez ahí su abuelo hizo algo sumamente incómodo para ella.
Él la mete en la carterita de ella y ella, pues, siguen hacia la casa. Y horas después, en la noche, el abuelo le invita a comer en Burger King y ella le dice que no tiene hambre, pero que lo acompaña como anteriormente lo han hecho. Él, en vez de ir a Burger King, siguen hacia, hacia el pueblo de Arecibo. En el vehículo es donde la agrede sexualmente, él le mete la mano en el pantalón y de ahí surge pues todo esto.
La madre asegura que esa misma noche la niña se comunicó con ella para rogarle que la fuera a buscar y le contó lo sucedido.
Eso pasó como a las casi a las 9:30, 10 por ahí. La nena me llama como a las 12 de la noche y me informa lo que está pasando. Yo y papá vamos hacia buscar la nena, la buscamos, sigo hasta el cuartel de policía, hacemos querella, y de ahí pues entonces seguimos hacia el hospital e hicimos todo el protocolo.
A pesar de que la denuncia se hizo en junio, pasaron 3 meses hasta que se erradicaron los cargos.
Septiembre les radicaron los cargos. Tuvimos 4 vistas, que todas esas vistas las seguían proponiendo porque el abogado de él seguía pidiendo días diferentes.
Finalmente, el 27 de febrero de 2025 se dio la vista preliminar.
El único testimonio fue la menor, con su testimonio nada más, y la información que ella También es más que suficiente los detalles de lo que sucedió. Ella pudo explicarse entre medio de todo ese dolor. En ese momento tan fuerte, ver a esa persona de frente y tener que confiar, que contar esa historia de nuevo, no fue— nunca nos imaginábamos que esa iba a ser la decisión.
La jueza Leila Grablau y Gartúa determinó no causa para juicio.
La jueza solo dijo que no había causa, pero el abogado de él, y me imagino que por eso fue que se basaron, que la niña estaba mintiendo, que hizo esa una mentira porque estaba molesta con el abuelo. Ella no entendió lo que estaba sucediendo. Y entonces pues cuando salimos de la vista Yo le expliqué más en profundo y ella se molestó bastante. Ella lloró cuando estábamos con la fiscalía, en la fiscalía hablando, y en el carro de camino a casa. Ella se siente traicionada por el mismo gobierno, por la jueza.
A través de un portavoz, el Departamento de Justicia confirmó a Rayos X que la fiscalía irá en alzada en este caso.
Yo creo en un Dios que es el que nos va a defender. El ser humano puede fallarnos, pero estamos esperando y confiando que en los próximos pasos la fiscalía se nos pueda dar el 100% y esforzarse a ir más allá de lo que han hecho es para asegurarse que este caso pueda seguir. Ella es una joven bien fuerte y ella, gracias a Dios, ha mantenido positiva en que quiere seguir adelante. Ella no quiere dejar el caso pasar, ella quiere seguir y ella no le tiene miedo de afrontarlo de nuevo, de testificar de nuevo. Pero sí, la afectado, ella tiene mucho coraje, tiene mucho dolor, que todos los días en su diario ella lo recuerda y lo vive, no solo lo que le pasó, sino que tampoco está recibiendo la justicia que se merece.
A la verdad que es un caso bien doloroso para toda la familia. Pregunto, Valeria, tanto padre como madre están apoyando la versión de la jovencita, ¿verdad?
Correcto, Yolanda. Lo que me cuenta la madre es que desde el primer día que la niña pues cuenta lo que alegadamente sucedió, pues su padre y su madre la apoyaron. Y estamos hablando, o sea, es su abuelo paterno, por lo cual pues el padre está yendo contra su propio padre.
Debe haber, me imagino, que algún tipo de apoyo a posibles víctimas, ¿verdad? Porque para, es para un adulto enfrentar un tribunal, imagínate tú para una menor de 15 años que apenas entiende el proceso. Y en este caso era una vista preliminar, que para los amigos que lo entiendan, la vista preliminar es una vista en que basta con una cintila de evidencia.
Me llama, y ella se sentó a testificar ahí, ¿verdad? Y tenemos que tomar en cuenta que pues ha tenido que revivir los sucesos que alega que vivió desde el primer momento de contárselo a los padres, después cuando van a hacer una querella a la policía, después cuando van con los fiscales durante todo el proceso de investigación, y finalmente, ¿verdad? Estar ahí esa vista preliminar. Y lo que nos dicen es que pues tuvieron mucho apoyo de la fiscalía a lo largo del proceso y que por eso quizás les tomó tan de sorpresa la determinación de la jueza.
Pero menciona que la fiscalía va a ir en alzada, o sea, va a tratar de conseguir al—
Eso es así. Aquí tenemos las expresiones del fiscal de Distrito de Arecibo, Rafael Freitas Cutrera, que nos confirma que van a apelar la decisión de la jueza Leila Grau Lau de determinar no causa. Eso fue el pasado 27 de febrero. En la Fiscalía de Arecibo no descansaremos hasta hacerle justicia a la víctima y procesar las acciones de Méndez Santiago con todo el peso de la ley. La fecha para la vista en alzada está pautada para el próximo 28 de marzo de 2025 en la Sala 201 del Tribunal de Primera Instancia de Arecibo.
Tengo entendido que pudiste hablar con la abogada de, en este caso, del acusado, del imputado Méndez Santiago.
Ellos, verdad, por otro lado sostienen que la jueza determinó, ¿verdad? Tuvo una determinación correcta en derecho. Vamos a escuchar lo que nos dijeron.
El Ministerio Público puede pedir el alzada los casos que entienda. Nosotros entendemos que el trabajo se hizo. El Ministerio Público tenía dos fiscales altamente experimentados en la materia. Yo no puedo entrar en los detalles del caso porque éticamente no me permiten, pero mi cliente siempre ha sostenido su inocencia, y la prueba que desfiló, nosotros entendemos que sostenía Toda la teoría que siempre desde el principio tuvimos en el caso, la inocencia de nuestro representado, se hizo un directo por parte de la fiscalía, luego se contrainterrogó, hubo un sinnúmero de inconsistencias, motivaciones para ella hacer este tipo de alegaciones. Y la juez, que tiene mucha experiencia en esto, entendió que realmente la niña era una, era la joven, verdad, es una joven, era completamente mental. Esa es mi interpretación, verdad, a base de lo que aquí sucedió. La juez dijo pues no causa, la juez estuvo bien atenta, fue bien dudosa, hizo preguntas. La determinación fue la correcta en derecho. Nosotros entendemos que la parte puede hacer muchas alegaciones en la prensa. Obviamente está utilizando este canal para poder llegar a tratar de influir, influenciar en algún tipo de juzgador. Estamos ahora ante la vista preliminar en alzada, pero realmente todo se tiene que dejar llevar por la prueba que se desfile, y eso fue la juez. Nosotros lo que queremos es exhortar a las víctimas que hagan las querellas que tengan que hacer y que crean el sistema. Obviamente, igual los imputados, que también tienen sus derechos, si demuestran su inocencia, pues así debe determinarse por el tribunal.
Buenas noches, estamos aquí con el licenciado Leo Aldrich y nos acompaña la licenciada Laura Cely Roque, que es ex jueza. Gracias por acompañarnos.
Gracias, buenas noches.
Le pregunto, en una vista preliminar, en un caso como este donde hay una alegación de un tipo de agresión sexual, hay unos cargos de incesto, es una menor que está declarando contra su abuelo, una vista preliminar, ¿le llama la atención esa determinación de no causa tomando en cuenta que la menor se sentó a testificar allí?
Bueno, no, no me llama la atención, y ciertamente no quiero pasar juicio sobre la prueba que vio la jueza porque yo no estuve allí, y siempre lo digo, hay que tener total deferencia porque ella fue la que dio la prueba. Pero en esa vista, aún cuando la menor se haya sentado, la jueza tiene entonces su consideración, el estándar de la prueba, que no es una cintilla de evidencia sino un criterio de probabilidades. Hay que ver dentro de esas probabilidades que hayan habido los elementos del delito, con la probabilidad de que haya esa conexión entre el imputado y esos elementos del delito. Así que, habiendo dicho eso, pues hay que ver según el testimonio que escuchó la jueza, si esa jueza entendió que se configuraron esos elementos del delito en términos de la probabilidad que estuvieron conectados con ese imputado. Eso de que también se haya visto credibilidad o no, pues en la práctica muchos creen que eso es lo que se considera, si se le cree o no se le cree. Pero en estricto derecho la credibilidad no se ve en la vista preliminar. Así que eso también de decir que fue que la jueza no le creyó, pues hay que tener cuidado porque no, no, no es la práctica, no se dirime credibilidad en la BP. Así Ciertamente es un caso muy triste. Obviamente el hecho de que vayan en una vista preliminar en alzada habla mucho de que fiscalía entiende que tiene un caso fuerte, entiende que la jueza cometió un error de derecho. Yo no puedo decir que lo haya cometido porque según las pruebas que he escuchado, no necesariamente pues se configuraron dentro de ese criterio de probabilidad los elementos del delito en conexión con esa abuela.
2 comentarios. En primer lugar, el derecho penal es muy técnico. No es lo que a nosotros nos parezca que esté bien o mal, o lo que nos agrade o desagrade, o no, a que o no, a que es lo que se ciñe por lo que dice el derecho, que son usualmente en el derecho penal unos elementos que tiene cada delito y los hechos. Nosotros no sabemos qué pasó allí, cuál es la prueba que se dirimió. Ni crítica a la rama judicial ni crítica a la jueza No es en lo sustantivo, es si estuvo bien o estuvo mal. Mi crítica, y no a esa jueza sino al Poder Judicial, es que en estos casos y en todos los casos así de controvertibles sería importante que consignaran por escrito la razón, la motivación que los lleva a eso. ¿Y por qué digo esto? Porque estamos en esta discusión que es muy saludable democráticamente, estamos especulando.
No sabemos. Y la jueza no dijo, de hecho se le preguntó a todas las partes No, la jueza no explicó.
Por eso no sabemos qué dijo la joven, no sabemos cuál fue el contrainterrogatorio que le hizo el abogado, y no sabemos qué criterios utilizó. Quizás es como, verdad, como anticipamos o especulamos, que no se cumple estrictamente los criterios dispuestos en los elementos del delito. Quizás es eso, quizás hay otra cosa. Y mi llamado en estos casos es a que, oye, no tampoco es un tratado, es una o dos líneas diciendo: este tribunal no encuentra causa debido a un asunto de los elementos del delito. Así de sencillo. Y así le dan al país y a los actores en el sistema penal una idea de por dónde va la cosa. Ese es mi planteamiento, no solo con respecto a esta jueza y este caso, sino a nivel general.
Quizás, ¿verdad? No concentrándonos en este caso porque no estábamos ahí, no tenemos todos los elementos, pero ciertamente estos casos de agresión sexual, incesto, son sumamente delicados, hay una menor involucrada. Generalmente se le da algún tipo de acompañamiento a las víctimas, las sobrevivientes. El tribunal tiene que cumplir con esa parte. Y sí, eso en primer lugar.
Pues quizás también abonando un poquito a lo que dijo este pues el licenciado Altrish, ciertamente no se le exige a los jueces que hagan eso, casos. Yo sí puedo entender, y lo digo también pues con toda transparencia, que posiblemente ayudaría muchísimo. También puedo estar de acuerdo, pero no sé si necesariamente ayudaría en este tipo de casos también, por precisamente lo delicado del asunto. A lo mejor pues es hasta un poquito más difícil en este tipo de casos. En los otros delitos sí, y en el caso pues de la víctima siendo adulto o menor, ciertamente se les ayuda muchísimo en el proceso. Yo que estuve en el Poder Judicial. Tengo que decir que incluso el Poder Judicial, y volvemos, yo no vi la prueba, y pues por eso la verdad que esos casos afectan muchísimo más, pero se les da un tratamiento incluso de agarrarlos de la mano a los menores. El Poder Judicial este tiene hasta proyectos adicionales con los menores, tienen por ejemplo en este tipo de casos una sala especializada para que los menores esperen en lo que están, los van a llamar a testificar en Caguas, es un proyecto piloto que se llama La Sala Temis.
O sea que sí entiendo que la verdad que se le da un trato que incluso, licenciado, usted sabe que hay un derecho a la confrontación y las reglas del procedimiento criminal disponen para que en casos como estos, a nivel de juicio, el menor pueda testificar lo que se llama circuito cerrado, es decir, que no está físicamente en el mismo lugar que su, que la persona a la quien se está acusando. O sea que sí hay una protección en el sistema para para ese tipo de casos.
Y es precisamente porque si es difícil para un adulto, es muchísimo más difícil para un menor. Así que, pues, se hace eso. Por ejemplo, eso que dije, tiene una sala, tiene un salón de lectura, un rincón de lectura, un sitio como más, este, pues, para darle más paz a los menores.
Y en una vista preliminar, o sea, ¿cuántas veces usted fue jueza? Esa determinación, un caso como este, donde usted quizás se plantea, espérate, yo Puedo estar dejando, o sea, no viendo en su fondo una persona que puede ser potencialmente un agresor sexual o un pedófilo, una persona que cometió incesto.
Bueno, yo siempre he dicho, y esto pues yo creo que aplica a cualquier trabajo, pero obviamente muchísimo más a un juez o una jueza, de que uno no debe estar, este, second-guessing las determinaciones que tomó. O sea, preguntándose más allá, ¿hice bien o hice mal? Porque al final del día, este juez o esa jueza tiene un trabajo bien sensitivo sobre los hombros, de que tiene que tomar una determinación sobre la prueba que le presentaron, y a la luz de esa prueba, pues adjudicar los hechos, ver en este caso elementos del delito con la conexión al imputado.
Obviamente tú señalabas que potencialmente, pero se tiene que ceñir a lo que está ahí. Y obviamente es un trabajo muy difícil del juez porque se tiene que ceñir a lo que ve allí y lo que transcurrió en sala.
A lo mejor faltó algo en esta etapa y puede ser que se pueda subsanar en la BP en el sábado.
Exacto.
Y ahí pues si se subsana, pues entonces, este, pues en su momento se hace su gozado, pues ya comprueba nueva.
O sea, ¿qué posibilidades entonces tiene un caso así de prosperar en esa segunda oportunidad?
Tiene muchísimas y pasa todo el tiempo, este, porque ahí es que entonces lo puede notificar fiscalía, ve, faltó esto, X elemento del delito, o se me quedó cortito el testimonio, o no hice X pregunta, y subsanarlo en la vista preliminar en alzada.
Bueno, en este momento, verdad, sabemos que sigue siendo inocente hasta que se pruebe lo contrario. Así que nosotros estaremos muy pendientes a lo que suceda en esa vista del 28 de marzo. Pero antes de terminar, en en este tipo de casos, ¿no le parece que, o sea, yo pensaría, no sé si es especulativo, ustedes tienen experiencia en salas de tribunal, que una víctima o posible víctima menor de edad podría tener inconsistencias en su testimonio? O sea, es algo con mucha presión, puedes tener a tu agresor de frente, es un proceso, ¿verdad?, de bastante tensión. O sea, cuando nos mencionaban que quizás la jueza tomó esa determinación porque el testimonio fue inconsistente ¿Realmente esa puede ser una razón? ¿Usted se inclina a pensar que tiene que haber otras razones más en derecho?
Yo, volvemos, esa soy yo. Yo entiendo que pudo haber tomado esas inconsistencias, pero volvemos, las inconsistencias normalmente van a la credibilidad, y en esta etapa no se debe disminuir credibilidad. Así que pienso que fue que faltó algo más, y entonces en la etapa de BP quizás subsanar esas inconsistencias. ¿Por qué? Porque lo va a ver otra jueza, otra jueza que a lo mejor aún con las inconsistencias entiende que se ha configurado el delito.
Bueno, muchísimas gracias, licenciada. Ahora pasamos con el compañero José Carlos.
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